A/HRC/RES/54/27
9.
Exhorta a los Estados a que cumplan las obligaciones que les atañen en virtud
del derecho internacional de proteger a quienes luchan contra el racismo, incluidos los
defensores de los derechos humanos, para que no sean desacreditados, acosados, intimidados
o sometidos a una mayor vigilancia, tanto dentro como fuera de las reuniones;
10.
Toma nota de las conclusiones y recomendaciones formuladas por el Comité
Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre la Elaboración de Normas
Complementarias a la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas
de Discriminación Racial, que, en su 13er período de sesiones, prosiguió sus deliberaciones
sobre la elaboración de un proyecto de protocolo adicional de la Convención 4;
11.
Solicita al Alto Comisionado que, conforme al mandato del Comité Especial
del Consejo de Derechos Humanos sobre la Elaboración de Normas Complementarias a la
Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
Racial, siga colaborando con el grupo de expertos jurídicos, representativos de diferentes
regiones y sistemas jurídicos, al que se refirió el Consejo de Derechos Humanos en su
resolución 51/32, de 7 de octubre de 2022, y le encomiende que siga proporcionando a la
Presidenta-Relatora orientaciones y aportaciones precisas que permitan preparar el
documento de la Presidencia, de conformidad con el mandato del Comité;
12.
Solicita también al Alto Comisionado que facilite la participación de esos
expertos jurídicos en el 14º período de sesiones del Comité Especial, y que les encargue que
presten asesoramiento con miras a contribuir a los debates dedicados a la elaboración de un
proyecto de protocolo adicional que tipifique como delitos los actos de carácter racista y
xenófobo, a fin de cumplir el mandato del Comité;
13.
Solicita a la Presidenta-Relatora del Comité Especial que presente en persona
ante la Asamblea General, en su septuagésimo noveno período de sesiones, un informe sobre
los progresos realizados, y que participe en el diálogo interactivo y celebre consultas con las
delegaciones con sede en Nueva York y las partes interesadas, a fin de seguir avanzando en
la elaboración de normas complementarias a la Convención, que subsanen las lagunas de
procedimiento y contenido de forma urgente, imperiosa y prioritaria;
14.
Toma nota de los elementos del proyecto de declaración de las Naciones
Unidas sobre la promoción y el pleno respeto de los derechos humanos de los
afrodescendientes elaborado por el Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre la Aplicación
Efectiva de la Declaración y el Programa de Acción de Durban en su 20º período de sesiones5;
15.
Solicita a la Presidenta-Relatora del Grupo de Trabajo Intergubernamental que
prosiga su labor de investigación y presente al Grupo de Trabajo, en su próximo período de
sesiones, un documento en que se recopile la terminología existente relacionada con las
cuestiones sobre las que versa el proyecto de declaración sobre la promoción y el pleno
respeto de los derechos humanos de los afrodescendientes;
16.
Solicita al Grupo de Trabajo Intergubernamental que invite a las presidencias
del Foro Permanente sobre los Afrodescendientes y del Grupo de Trabajo de Expertos sobre
los Afrodescendientes a que asistan a todas sus sesiones dedicadas a los debates sobre el
proyecto de declaración de las Naciones Unidas sobre la promoción y el pleno respeto de los
derechos humanos de los afrodescendientes;
17.
Toma nota de los informes del Grupo de Trabajo de Expertos sobre los
Afrodescendientes y de la importante labor que este ha realizado en los 20 años transcurridos
desde su constitución, en particular sus conclusiones y recomendaciones sobre la manera de
abordar con mayor eficiencia los problemas de las personas afrodescendientes en materia de
derechos humanos6;
18.
Pone de relieve la importancia primordial que reviste la adhesión universal a
la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
4
Véase A/HRC/54/65.
Véase A/HRC/52/78.
6 A/HRC/54/67 y A/HRC/54/67/Corr.1, y A/HRC/54/71.
5
GE.23-20040
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