A/HRC/RES/54/27 Racial y la Declaración y el Programa de Acción de Durban y su aplicación plena y efectiva para la promoción de la igualdad y la no discriminación en todo el mundo; 19. Decide que el Grupo de Eminentes Expertos Independientes se reunirá anualmente en Ginebra para celebrar un período de sesiones de cuatro días, que se organizará en un momento oportuno, de modo que se garanticen la visibilidad de la función y la labor del Grupo y una participación considerable de todas las partes interesadas, incluidos los Estados Miembros y observadores de las Naciones Unidas y los representantes de la sociedad civil; 20. Decide también que el período de sesiones anual seguirá transmitiéndose por webcast y, en adelante, se celebrará en formato híbrido para permitir la participación a distancia y lograr una mayor concienciación entre las comunidades interesadas; 21. Solicita al Grupo de Eminentes Expertos Independientes que realice dos visitas anuales de promoción, con una duración de dos días laborables, a lugares y en momentos oportunos, con objeto de concienciar sobre la necesidad de mejorar la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia y lograr que aumente al apoyo político a la aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban; 22. Decide que el Grupo de Eminentes Expertos Independientes informará anualmente sobre su período de sesiones y sus actividades al Consejo de Derechos Humanos, y que su informe también se transmitirá y presentará a la Asamblea General, y, a este respecto, solicita a la Presidencia del Grupo que entable un diálogo interactivo con la Asamblea en relación con el tema del programa titulado “Eliminación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia”; 23. Recuerda su solicitud a los cinco grupos regionales de que propongan oportunamente un candidato para su nombramiento en el Grupo de Eminentes Expertos Independientes, lo que garantizará que el Grupo pueda cumplir su mandato; 24. Solicita al sistema de las Naciones Unidas que refuerce sus campañas de sensibilización para dar mayor visibilidad al mensaje de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, sus mecanismos de seguimiento y la labor de las Naciones Unidas en la lucha contra el racismo; 25. Solicita al Secretario General y al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que proporcionen los recursos financieros y humanos que sean necesarios para que el Grupo de Eminentes Expertos Independientes pueda desempeñar eficazmente su mandato; 26. Propone que todos los actores pertinentes presten especial atención a potenciar la contribución de los órganos de tratados que supervisan la aplicación de los tratados fundamentales de derechos humanos a la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia por medio, entre otras cosas, de un enfoque sistémico que conduzca a una cooperación más intensa entre ellos; 27. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que prepare un estudio a cargo de expertos en el que se haga un balance de cómo ha contribuido la labor de los diferentes órganos de tratados a la aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, que formule recomendaciones sobre cómo abordar los retos identificados, y que presente el estudio al Consejo de Derechos Humanos en su 57º período de sesiones; 28. Deplora el uso que se hace de las plataformas de medios sociales para incitar al odio y la violencia contra migrantes, refugiados y solicitantes de asilo, entre otros, al tiempo que reafirma los derechos a la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica, y exhorta a los Estados a que cuando proceda, prohíban por ley toda apología del odio en razón de la nacionalidad, la raza o la religión que constituya una incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia, incluidos los discursos difundidos por medio de la tecnología de la información y las comunicaciones; 29. Condena enérgicamente las denuncias de trato discriminatorio, deportaciones ilegales, uso excesivo de la fuerza y muertes de migrantes africanos y afrodescendientes, 6 GE.23-20040

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