A/HRC/RES/54/27 incluidos refugiados y solicitantes de asilo, causadas por agentes del orden encargados de la gestión de la migración y las fronteras, en diferentes países; 30. Exhorta a los Estados a que garanticen medidas adecuadas de rendición de cuentas y de reparación de las violaciones de los derechos humanos en las fronteras y a que adopten un enfoque de justicia racial, mediante, entre otras cosas, la adopción de políticas para abordar el racismo estructural en la gestión de los flujos migratorios internacionales; 31. Exhorta a todos los Estados que aún no lo hayan hecho a que, de conformidad con el párrafo 75 de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, estudien la posibilidad de retirar sus reservas al artículo 4 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial y a los artículos 18, 19 y 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 32. Acoge con beneplácito la celebración de reuniones regionales organizadas por la Oficina del Alto Comisionado a fin de aplicar de manera efectiva el programa de actividades del Decenio Internacional de los Afrodescendientes, alienta a los Estados Miembros y a otras partes interesadas a que aprueben recomendaciones orientadas a la adopción de medidas en el marco de esas reuniones, e insta a los Estados, las organizaciones regionales y otras partes interesadas a que faciliten la participación de la sociedad civil de sus respectivos países y regiones en las reuniones, y reconoce la contribución que pueden realizar las instituciones nacionales de derechos humanos y las organizaciones de la sociedad civil en apoyo a las medidas de los Estados para evitar y eliminar todas las formas de discriminación racial; 33. Recuerda el establecimiento del Foro Permanente sobre los Afrodescendientes como mecanismo consultivo para las personas afrodescendientes y otras partes interesadas pertinentes, como plataforma destinada a mejorar la seguridad y la calidad de vida y los medios de subsistencia de las personas afrodescendientes, y como órgano asesor del Consejo de Derechos Humanos, de conformidad con el programa de actividades para la aplicación del Decenio Internacional de los Afrodescendientes y en estrecha colaboración con los mecanismos existentes; 34. Recuerda también que, en su resolución 51/32, el Consejo de Derechos Humanos solicitó al Secretario General y al Alto Comisionado que proporcionaran los recursos humanos y financieros necesarios para apoyar la aplicación del mandato del Foro Permanente sobre los Afrodescendientes; 35. Acoge con beneplácito la celebración de los dos primeros períodos de sesiones del Foro Permanente sobre los Afrodescendientes y la amplia participación de la sociedad civil y de personas afrodescendientes de todo el mundo; 36. Decide que el período de sesiones anual del Foro Permanente sobre los Afrodescendientes se celebrará en formato híbrido y se transmitirá por webcast para permitir la participación a distancia; 37. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado que prorrogue hasta finales de 2025 la estrategia bienal de comunicación integral solicitada por el Consejo de Derechos Humanos en el párrafo 17 de su resolución 48/18, de 11 de octubre de 2021, para seguir concienciando al público de todo el mundo y movilizando su apoyo en relación con la justicia y la igualdad raciales y la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia; la estrategia debería incluir la promoción efectiva de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, el Decenio Internacional de los Afrodescendientes y otros instrumentos pertinentes, y dar a conocer la labor y las actividades de los diferentes mecanismos de las Naciones Unidas de lucha contra el racismo, incluida la difusión de los informes temáticos anuales del Grupo de Trabajo de Expertos sobre los Afrodescendientes y de su informe sobre el examen de la labor que ha realizado en los 20 años transcurridos desde su constitución, en formatos accesibles, a todas las partes interesadas y el público en general; la estrategia también debería incluir la colaboración, a distintos niveles, con los centros de información de las Naciones Unidas y las oficinas del Alto Comisionado presentes sobre el terreno, las organizaciones de la sociedad civil, las universidades, las escuelas y otras entidades educativas, los medios de comunicación y los GE.23-20040 7

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