Llamamiento mundial para la adopción de medidas concretas para la
eliminación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las
formas conexas de intolerancia y para la aplicación y el seguimiento
generales de la Declaración y el Programa de Acción de Durban
A/RES/80/193
discriminación durante siglos, afirmando que son libres e iguales en dignidad y
derechos y no deberían sufrir ningún tipo de discriminación al ejercer sus derechos,
particularmente por su origen e identidad indígenas, y destacando la necesidad de
tomar constantemente medidas para luchar contra la persistencia del racismo, la
discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia que los
afectan,
Recordando también las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 43/1,
de 19 de junio de 2020 11 , y 47/21, y recordando además el informe de la Alta
Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la promoción
y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los
africanos y los afrodescendientes frente al uso excesivo de la fuerza y otras
violaciones de los derechos humanos por agentes del orden, así como su anexo,
titulado “Four-point Agenda towards Transformative Change for Racial Justice and
Equality” (Agenda de cuatro puntos para un cambio transformador en favor de la
justicia y la igualdad raciales), que se presentaron en cumplimiento de la
resolución 43/1 12,
Reconociendo la labor que viene realizando el mecanismo internacional de
expertos independientes, integrado por tres especialistas en cumplimiento de la ley y
derechos humanos, cuyo objetivo es promover un cambio transformador en favor de
la justicia y la igualdad raciales en el contexto de las fuerzas del orden en todo el
mundo, especialmente en lo que respecta a los legados del colonialismo y la trata
transatlántica de esclavos en los africanos esclavizados, investigar las respuestas de
los Gobiernos a las protestas pacíficas contra el racismo y todas las violaciones del
derecho internacional de los derechos humanos, y contribuir a la rendición de cuentas
y a la reparación de las víctimas,
Reconociendo también los esfuerzos realizados y las iniciativas emprendidas
por los Estados para prohibir la discriminación y la segregación raciales y promover
el goce pleno de los derechos económicos, sociales y culturales, así como de los
derechos civiles y políticos,
Poniendo de relieve que, a pesar de la labor llevada a cabo a este respecto,
millones de seres humanos siguen siendo víctimas del racismo, la discriminación
racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, incluidas sus formas y
manifestaciones contemporáneas, algunas de las cuales se manifiestan de forma
violenta,
Subrayando la primacía de la voluntad política, la cooperación internacional y
la financiación suficiente a nivel nacional, regional e internacional, necesarias para
hacer frente a todas las formas y manifestaciones de racismo, discriminación racial,
xenofobia y las formas conexas de intolerancia para que la Declaración y el Programa
de Acción de Durban puedan aplicarse con éxito,
Acogiendo con beneplácito los esfuerzos realizados por la sociedad civil en
apoyo de los mecanismos de seguimiento de la aplicación de la Declaración y el
Programa de Acción de Durban,
Recordando sus resoluciones 2142 (XXI), de 26 de octubre de 1966, en la que
proclamó el 21 de marzo Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación
Racial, 62/122, de 17 de diciembre de 2007, en la que designó el 25 de marzo Día
Internacional de Recuerdo de las Víctimas de la Esclavitud y la Trata Transatlántica
de Esclavos, 75/170, de 16 de diciembre de 2020, en la que proclamó el 31 de agosto
Día Internacional de los Afrodescendientes, y 78/323, de 13 de agosto de 2024, en la
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11
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Ibid., septuagésimo quinto período de sesiones, suplemento núm. 53 (A/75/53), cap. IV, secc. A.
A/HRC/47/53.
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