A/RES/52/129
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10. Recuerda que el Secretario General creó un Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas para la
observación de procesos electorales y hace un llamamiento a los Estados Miembros para que consideren
la posibilidad de hacer contribuciones al Fondo;
11. Destaca la importancia de incrementar la coordinación en el sistema de las Naciones Unidas,
incluida la cooperación con todos los departamentos correspondientes de la Secretaría, la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Programa de las Naciones Unidas
para el Desarrollo y los Voluntarios de las Naciones Unidas que prestan servicios de asesoramiento y
asistencia técnica a los Estados Miembros que los solicitan, destaca la necesidad de un rápido intercambio
de información acerca de las solicitudes de asistencia electoral presentadas por los Estados Miembros a
cualquiera de las entidades mencionadas, y alienta a la División de Asistencia Electoral a que fortalezca
su colaboración con dichas entidades, incluso mediante el intercambio de personal cuando proceda;
12. Toma nota con reconocimiento de que se están tomando nuevas disposiciones para intensificar
la cooperación con otras organizaciones internacionales, gubernamentales y no gubernamentales a fin de
que la atención de las solicitudes de asistencia electoral sea más completa y acorde a las necesidades y
agradece a los Estados Miembros, las organizaciones regionales y las organizaciones no gubernamentales
que han proporcionado observadores o expertos técnicos para apoyar las actividades de asistencia electoral
de las Naciones Unidas;
13. Alienta al Secretario General a que, por conducto de la División de Asistencia Electoral, tome
medidas en atención a los cambios operados en el tipo de solicitudes de asistencia y a la creciente
necesidad de determinadas clases de asistencia especial de expertos a mediano plazo encaminada a apoyar
y afianzar la capacidad existente del gobierno solicitante mediante, en particular, el fomento de la
capacidad de las instituciones electorales nacionales;
14. Pide al Secretario General que dote a la División de Asistencia Electoral de recursos de personal
y financieros suficientes a fin de que pueda desempeñar su mandato, y que siga cerciorándose de que la
Oficina del Alto Comisionado pueda atender, en el marco de su mandato y en estrecha coordinación con
la División de Asistencia Electoral, al creciente número de solicitudes de servicios de asesoramiento
formuladas por Estados Miembros;
15. Recomienda que el Secretario General estudie medios de seguir mejorando la coordinación y
afianzar aún más la labor de la División de Asistencia Electoral, de la Oficina del Alto Comisionado y
del sistema de las Naciones Unidas en general, habida cuenta de que sus funciones en materia de asistencia
electoral y democratización son mayores y se encuentran en evolución, como se indica en esta resolución,
y que incluya sus recomendaciones al respecto en el informe que le ha de presentar en el quincuagésimo
cuarto período de sesiones;
16. Pide al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo cuarto período de sesiones, un
informe sobre la aplicación de esta resolución, en particular a lo que se refiere al estado de las solicitudes
de asistencia y verificación electorales formuladas por Estados Miembros y a su labor encaminada a
mejorar el apoyo de la Organización al proceso de democratización de los Estados Miembros.
70a. sesión plenaria
12 de diciembre de 1997