Las personas desaparecidas A/RES/79/173 le presenten en el futuro el problema de las personas dadas por desaparecidas en relación con conflictos armados; 22. Solicita al Secretario General que siga recabando más las opiniones de los Estados Miembros y los organismos pertinentes y que presente al Consejo de Derechos Humanos en su período de sesiones correspondiente y a la Asamblea General en su octogésimo primer período de sesiones un informe completo sobre la aplicación de la presente resolución, con las recomendaciones prácticas pertinentes; 23. Reitera la invitación hecha a su Presidencia para que convoque una reunión bienal oficiosa de la Asamblea, y solicita al Secretario General que le presente, durante esas reuniones, el informe completo sobre la aplicación de la presente resolución, tras lo cual se entablará un diálogo; 24. Solicita al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de todos los Gobiernos, los órganos competentes de las Naciones Unidas, los organismos especializados, las organizaciones intergubernamentales regionales y las organizaciones internacionales de asistencia humanitaria; 25. Decide examinar la cuestión en su octogésimo primer período de sesiones. 53 a sesión plenaria 17 de diciembre de 2024 24-24213 7/7

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