A/RES/53/240 Página 2 2. Reitera que los Estados Miembros sufragarán los gastos de la Organización en la proporción que determine la Asamblea General; 3. Toma nota de que las contribuciones recibidas hasta la fecha por el Fondo Fiduciario para el arreglo de la cuestión de Timor Oriental ascienden a 21.731.700 dólares y de que es posible que se reciban nuevas contribuciones; 4. Invita a que se hagan contribuciones voluntarias a la Misión de las Naciones Unidas en Timor Oriental, tanto en efectivo como en forma de servicios y suministros que sean aceptables para el Secretario General, las cuales se administrarán, según proceda, con arreglo a los reglamentos financieros, las normas, los procedimientos y las prácticas establecidos por la Asamblea General respecto de las contribuciones de esa índole; 5. Expresa su reconocimiento a todos los Estados Miembros que han hecho contribuciones voluntarias a la Misión; 6. Decide consignar la suma de 52.531.100 dólares para la Misión y pide al Secretario General que abra una cuenta especial para la Misión; 7. Decide también que la suma que ha de prorratearse se determine tras el examen del informe que el Secretario General le presente en su quincuagésimo cuarto período de sesiones, teniendo en cuenta las contribuciones voluntarias recibidas; 8. Decide además que las sumas que haya que prorratear entre los Estados Miembros se prorrateen de conformidad con la composición de los grupos establecida en los párrafos 3 y 4 de la resolución 43/232 de la Asamblea General, de 1º de marzo de 1989, modificada por la Asamblea en sus resoluciones 44/192 B, de 21 de diciembre de 1989, 45/269, de 27 de agosto de 1991, 46/198 A, de 20 de diciembre de 1991, 47/218 A, de 23 de diciembre de 1992, 49/249 A, de 20 de julio de 1995, 49/249 B, de 14 de septiembre de 1995, 50/224, de 11 de abril de 1996, 51/218 A a C, de 18 de diciembre de 1996, y 52/230, de 31 de marzo de 1998, y en sus decisiones 48/472 A, de 23 de diciembre de 1993, y 50/451 B, de 23 de diciembre de 1995, y teniendo en cuenta la escala de cuotas para el año 1999, que figura en su resolución 52/215 A, de 22 de diciembre de 1997. 103a. sesión plenaria 29 de junio de 1999

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