A/HRC/39/69
menudo mortíferos, ya que los gobiernos, las empresas multinacionales e incluso las
instituciones financieras multilaterales solían utilizar el discurso del desarrollo para
legitimar la desposesión de las tierras de esas comunidades. Incluso en entornos urbanos,
los afrodescendientes se enfrentaban a una discriminación racial documentada y flagrante
en relación con la seguridad de la tenencia, en particular en el acceso a la vivienda. Propuso
que, para resolver la cuestión, las antiguas potencias coloniales reconocieran que
compartían la responsabilidad moral de encontrar soluciones viables y respetuosas de los
derechos humanos al fracaso de los procesos de descolonización, y ofrecieran vías para
lograr una igualdad racial sustantiva en lo tocante a la propiedad de la tierra. También
subrayó que las mujeres afrodescendientes debían incluirse en el debate, ya que eran
especialmente vulnerables a la discriminación interseccional y a la subordinación debido a
la forma en que interactuaban la raza y el género para fomentar su exclusión de los
derechos sobre la tierra. La Relatora Especial concluyó asegurando al Grupo de Trabajo su
estrecha cooperación en el proyecto de declaración, en particular en la cuestión de los
derechos sobre la tierra.
36.
Durante el debate interactivo, el Sr. Sunga observó que la recomendación de
conceder tierras a los afrodescendientes era una vía de indemnización por la esclavitud.
Preguntó de qué forma podrían formularse esos derechos sobre la tierra junto con los
derechos de los pueblos indígenas. En respuesta, el Sr. Nehusi dijo que en las Américas, el
trabajo de los afrodescendientes en la tierra significaba que pertenecían a la tierra y
viceversa. Observó que, si bien no podía reclamarse la tierra como indemnización y
desposeer al mismo tiempo a sus legítimos propietarios, se les podían ofrecer las tierras en
las que habían vivido afrodescendientes. La Sra. Petrus-Barry señaló la importante relación
que existía entre la tierra y el recuerdo de los antepasados de los afrodescendientes. El Sr.
Nehusi señaló que el colonialismo había fracturado a los pueblos africanos a través de la
eliminación de las culturas y tradiciones africanas, así como de la importación de las
divisiones de los propios colonizadores; por ejemplo, en el Caribe había zonas dominadas
por los británicos y otras dominadas por los franceses. Pidió a los grupos desconectados
que restablecieran la unidad e intercambiaran información libremente. La Sra. Petrus-Barry
se hizo eco de esta sugerencia, y reconoció que el idioma era a menudo una barrera
formidable para encontrar bases culturales comunes. También planteó la cuestión de los
defensores de los derechos humanos que corrían el riesgo de ser criminalizados en su lucha
por los derechos sobre la tierra de los africanos, entre otros derechos. Un representante de la
sociedad civil expresó su preocupación por la discriminación racial contra los
afrocolombianos y su derecho a la consulta libre, previa e informada en relación con la
tierra en Colombia. Asimismo, otro representante de la sociedad civil aportó información
sobre prácticas discriminatorias en materia de vivienda en los Estados Unidos.
37.
La cuarta mesa redonda se centró en el tema “Reparaciones para los
afrodescendientes”. La Sra. Petrus-Barry hizo una exposición introductoria sobre la
cuestión. Definió las reparaciones en el contexto de la deportación y la esclavitud de los
africanos y la Declaración y el Programa de Acción de Durban. La Sra. Petrus-Barry
también subrayó la necesidad de indemnizar a los afrodescendientes por esos delitos y
señaló que solo después de confrontar las teorías pasadas y presentes sobre la supuesta
inferioridad de los afrodescendientes, el público en general prestaría atención a los actos
violentos de racismo, pondría en tela de juicio su propia mentalidad y aceptaría cambios
legislativos a nivel nacional que pudieran revertir la discriminación y el extremismo
violento que enfrentaban los afrodescendientes. A continuación, la Sra. Petrus-Barry
examinó los instrumentos internacionales de derechos humanos relativos a la reparación,
entre ellos el plan de 10 puntos de la Comunidad del Caribe (CARICOM) para la justicia
reparadora, que había sido aprobado por el Grupo de Trabajo como base para la justicia
reparadora de los afrodescendientes. En cuanto a la cuestión de un sistema de reparación
jurídica internacional vinculante, la oradora indicó que la declaración propuesta también
podría ser útil al respecto. Además, señaló que el Decenio Internacional de los
Afrodescendientes podía ofrecer una oportunidad real de establecer un sólido vínculo y
redes internacionales entre afrodescendientes para apoyar el proceso de reparación.
38.
En su exposición, la Sra. Chevry afirmó la urgente necesidad de ofrecer reparaciones
por el crimen de lesa humanidad cometido durante la esclavitud y la trata transatlántica de
esclavos africanos. Reiteró la necesidad de las reparaciones, en particular las reclamaciones
GE.18-13434
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