A/RES/60/177 26. Somos conscientes del reto que representan la investigación y el juzgamiento de casos complejos relacionados con la comisión de delitos económicos y financieros, incluido el blanqueo de dinero. Pedimos a los Estados Miembros que fortalezcan las políticas, medidas e instituciones para la acción nacional y la cooperación internacional en la prevención, investigación y juzgamiento de delitos económicos y financieros, incluido el blanqueo de dinero, y los delitos que se cometen recurriendo a las tecnologías de la información, o que se ven facilitados por ellas, en particular en relación con la financiación del terrorismo y el tráfico de drogas ilícitas. 27. Somos conscientes de la importancia fundamental de luchar contra la falsificación de documentos y de identidad a fin de poner freno a la delincuencia organizada y el terrorismo. Procuraremos mejorar la cooperación internacional, incluso a través de la asistencia técnica, para combatir la falsificación de documentos y de identidad, en particular la utilización fraudulenta de documentos de viaje, mejorando las medidas de seguridad, así como alentar la aprobación de legislación nacional apropiada. 28. Recomendamos que se faciliten contribuciones voluntarias y asistencia técnica adecuada a los países en desarrollo, para reforzar su capacidad a fin de apoyar sus esfuerzos por luchar eficazmente contra la delincuencia económica y financiera. 29. Procuraremos utilizar y aplicar, según proceda, las reglas y normas de las Naciones Unidas en nuestros programas nacionales de prevención del delito y reforma de la justicia penal y realizar los esfuerzos necesarios para garantizar su más amplia difusión. Procuraremos facilitar una capacitación adecuada a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, incluidos los funcionarios de los establecimientos penitenciarios, los fiscales, los funcionarios judiciales y otros grupos profesionales pertinentes, teniendo en cuenta esas reglas y normas y las mejores prácticas a nivel internacional. 30. Recomendamos que la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal considere la posibilidad de revisar la idoneidad de las reglas y normas en relación con la administración penitenciaria y los reclusos. 31. Observamos con preocupación que las condiciones físicas y sociales que conlleva el encarcelamiento pueden facilitar la propagación del VIH/SIDA en los centros de prisión preventiva y los establecimientos penitenciarios y, por consiguiente, en la sociedad, planteando de este modo un problema crítico de administración penitenciaria; pedimos a los Estados que desarrollen y adopten medidas y directrices, cuando proceda y de conformidad con su legislación nacional, para asegurar que los problemas propios del VIH/SIDA se aborden adecuadamente en esos establecimientos. 32. Para promover los intereses de las víctimas y la rehabilitación de los delincuentes, reconocemos la importancia de seguir elaborando políticas, procedimientos y programas en materia de justicia restaurativa que incluyan alternativas del juzgamiento, a fin de evitar los posibles efectos adversos del encarcelamiento, ayudar a reducir el número de causas que se presentan ante tribunales penales y promover la incorporación de enfoques de justicia restaurativa en las prácticas de justicia penal, según corresponda. 33. Afirmamos nuestra determinación de prestar particular atención a la justicia de menores. Examinaremos formas de garantizar la prestación de servicios a los niños que son víctimas de delitos y a los niños en conflicto con la ley, 8

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