A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/230
27 de abril de 1998
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 142 (a) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/52/453/Add.2)]
52/230. Aspectos administrativos y presupuestarios de la financiación de las
operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 1874 (S-IV), de 27 de junio de 1963, 3101 (XXVIII), de 11 de
diciembre de 1973, 43/232, de 1º de marzo de 1989, 44/192 B, de 21 de diciembre de 1989, 45/269, de
27 de agosto de 1991, 46/198 A, de 20 de diciembre de 1991, 47/218 A, de 23 de diciembre de 1992,
49/249 A, de 20 de julio de 1995, 49/249 B, de 14 de septiembre de 1995, y 51/218 A y B, de 18 de
diciembre de 1996 y sus decisiones 48/472 A, de 23 de diciembre de 1993, y 50/451 B, de 23 de
diciembre de 1995, relativas a la composición de los grupos para el prorrateo de los gastos de las
operaciones de mantenimiento de la paz,
Recordando también su resolución 51/218 C, de 18 de diciembre de 1996, relativa a la inclusión de
Eslovaquia en un grupo a los efectos del prorrateo de los gastos de las operaciones de mantenimiento de
la paz correspondientes al período que concluiría el 31 de diciembre de 1996,
1. Decide, como medida especial, en lo que respecta al prorrateo de los gastos de mantenimiento
de la paz, que a partir del 1º de abril de 1998 se incluya a Eslovaquia en el grupo de Estados Miembros
a que se refiere el inciso c) del párrafo 3 de la resolución 43/232 y que sus cuotas para la financiación
de las operaciones de mantenimiento de la paz se calculen con arreglo a las escalas de cuotas aprobadas
por la Asamblea General en su resolución 52/215 A, de 22 de diciembre de 1997, y en las resoluciones
posteriores que adopte la Asamblea General respecto de escalas de cuotas futuras;
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