A/RES/51/211 Página 5 13. Reafirma su decisión de que si un informe se publica con retraso deberán exponerse los motivos del retraso cuando se presente el informe; 14. Reitera su petición a la Dependencia Común de Inspección de que realice un estudio amplio de la función de las publicaciones en la ejecución de los mandatos de los órganos intergubernamentales y de la medida en que se podría lograr que las publicaciones periódicas resultaran más eficaces en función del costo, y de que presente un informe sobre esta cuestión a más tardar al final del quincuagésimo primer período de sesiones. 89a. sesión plenaria 18 de diciembre de 1996 C La Asamblea General, Recordando su resolución 50/206 D, de 23 de diciembre de 1995, Haciendo hincapié en la necesidad de proporcionar a los Estados Miembros y los órganos de las Naciones Unidas información más amplia y exacta sobre el costo de las reuniones y de la documentación, Observando que la introducción de nuevas tecnologías permite mejorar la calidad, la eficacia en función del costo y la eficiencia de los servicios de conferencias, Destacando la importancia de que todos los Estados Miembros tengan igual acceso en los seis idiomas oficiales al sistema de disco óptico y a otras nuevas tecnologías y puedan aprovecharlas, y la necesidad de superar las dificultades que tienen algunos Estados Miembros, en particular los países en desarrollo, para adquirir la tecnología de acceso al sistema de disco óptico y otras tecnologías disponibles, Acogiendo con beneplácito las medidas tomadas por el Grupo de Trabajo especial de composición abierta sobre informática del Consejo Económico y Social para ampliar y mejorar los medios de conexión entre las bases de datos de las Naciones Unidas y las de los Estados Miembros, incluso por conducto de sus misiones permanentes, y los programas de capacitación organizados con ese objeto, Reconociendo la pertinencia de esas medidas como parte de las actividades encaminadas a aumentar la eficiencia y reducir los costos, 1. Insta firmemente al Secretario General a que, con carácter prioritario, elabore el sistema de contabilidad de costos de servicios de conferencias a más tardar en el próximo período de sesiones sustantivo del Comité de Conferencias, recurriendo a los conocimientos especializados que se aporten voluntariamente y a los del sistema de las Naciones Unidas; 2. Pide al Secretario General que, por conducto del Comité de Conferencias, informe a cada uno de los órganos subsidiarios de la Asamblea General y del Consejo Económico y Social sobre el costo de los servicios de conferencias que haya utilizado al final del año para que esos órganos puedan planificar con mayor eficiencia; 3. Decide que, a falta de una decisión de la Asamblea General en sentido contrario, la utilización de tecnologías como el sistema de disco /...

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