A/RES/70/137 Derechos del niño incluidos el Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre el derecho a la educación, en particular, los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y las actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas sobre la cuestión; 40. Subraya que el acceso pleno a una educación de calidad, inclusiva y equitativa y la promoción del aprendizaje durante toda la vida a todos los niveles es una condición esencial para lograr el desarrollo sostenible y para la plena realización del derecho a la educación; 41. Expresa su consternación por la agravación de los ataques cometidos contra instituciones educativas, sus estudiantes y su personal, en contravención del derecho internacional humanitario, reconoce las serias repercusiones negativas que tienen esos ataques para la plena efectividad del derecho a la educación, en particular de las mujeres y las niñas, y reitera su condena de todos los ataques de esta índole en los términos más enérgicos; 42. Expresa su profunda preocupación por la persistencia de las disparidades de género en materia de educación, que quedan de manifiesto en el hecho de que, según la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, casi las dos terceras partes de los adultos analfabetos del mundo son mujeres; 43. Observa con preocupación que el matrimonio infantil, precoz y forzado afecta de manera desproporcionada a las niñas que han recibido escasa o ninguna educación escolar y que es en sí mismo un obstáculo importante para las oportunidades educativas para las niñas y las jóvenes, en particular las niñas que se ven obligadas a abandonar la escuela debido al matrimonio o el parto, reconociendo que las posibilidades educativas están directamente relacionadas con el empoderamiento, el empleo y las oportunidades económicas de las mujeres y las niñas y con su participación activa en el desarrollo económico, social y cultural, la gobernanza y la adopción de decisiones; 44. Observa que se ha demostrado que los Estados que han hecho las mayores inversiones en educación son los que han logrado los mayores beneficios en materia de ingreso nacional, crecimiento económico y reducción de la pobreza, así como en los resultados de desarrollo humano; 45. Observa también que la Cumbre de Oslo sobre Educación para el Desarrollo, en su declaración de 7 de julio de 2015, decidió establecer la Comisión Internacional sobre la Financiación de las Oportunidades de Educación Mundial, que estaría presidida por el Enviado Especial de las Naciones Unidas para la Educación Mundial, y que la Comisión presentará su informe al Secretario General de las Naciones Unidas en septiembre de 2016; 46. Reconoce que el derecho del niño a la educación puede verse gravemente obstaculizado como consecuencia de la violencia física, psicológica y sexual, así como por el acoso, tanto en la escuela como en el camino a la escuela, así como en línea, que ponen en peligro los resultados escolares y pueden conducir a la deserción escolar; 47. Reconoce también que una gran proporción de los niños del mundo que no están escolarizados viven en zonas afectadas por conflictos, en zonas afectadas por brotes de enfermedades transmisibles, como el ébola, y en regiones que han padecido desastres naturales, y que ello dificulta seriamente la realización de todos los derechos del niño así como el cumplimiento de los objetivos internacionales en materia de educación, reafirma la obligación del Estado de garantizar que los niños 12/17

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