CEDAW/C/GC/40 (artículos 9, 11 y 16), a las mujeres embarazadas (artículos 11 y 12) y a las mujeres rurales (artículo 14). La mención de grupos específicos de mujeres deja claro que, para eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres, los Estados partes también deben abordar todos los posibles factores interseccionales de discriminación. En varias recomendaciones generales y observaciones finales, el Comité observa cómo la discriminación contra las mujeres interactúa con otras formas de discriminación, por ejemplo por motivos de raza, etnia, condición indígena, religión, creencias, salud, condición, discapacidad, edad, clase, casta, orientación sexual, identidad de género, opinión política, origen nacional, estado civil o maternidad, condición socioeconómica y condición de persona refugiada, solicitante de asilo, desplazada o migrante. Esa lista no es exhaustiva y puede variar de un país a otro y a lo largo del tiempo e incluir nuevas formas de discriminación, como la ejercida contra las personas que son refugiadas climáticas. El Comité también ha destacado de forma específica y constante el derecho de las mujeres, en toda su diversidad, a participar en la toma de decisiones a todos los niveles. 28. El Comité observa que las mujeres sometidas a formas interseccionales de discriminación se enfrentarán a obstáculos adicionales para acceder a las funciones decisorias. También señala la falta de datos estadísticos sobre las mujeres en la toma de decisiones, desglosados por otros motivos de discriminación. Asimismo, destaca que todos los aspectos de la presente recomendación general deben interpretarse en el contexto de un marco interseccional. 29. El Comité recomienda que los Estados partes: a) Adopten medidas legislativas y de otro tipo, por ejemplo de sensibilización y educativas, para prevenir y erradicar las formas interseccionales de discriminación y garantizar la igualdad sustantiva; b) Desarrollen e integren una perspectiva de género interseccional en todas las esferas y a todos los niveles de la toma de decisiones, sobre la base de la recopilación y el análisis de datos interseccionales sobre las mujeres; c) Desarrollen estrategias de contratación que garanticen la igualdad de acceso de las mujeres en toda su diversidad a los cargos públicos en todas las esferas de la toma de decisiones, y orienten a las partes interesadas del sector privado para que pongan en marcha igualmente dichas estrategias de contratación, por ejemplo mediante la legislación, la sensibilización sobre la relación de refuerzo mutuo existente entre la diversidad y la integridad y la importancia y la eficacia de los equipos diversos, e incentivos financieros y de otro tipo; d) Difundan información, desde una perspectiva interseccional, sobre mujeres referentes en materia de liderazgo. 3. Combatir los estereotipos de género 30. En virtud del artículo 5, los Estados partes deben eliminar todas las formas de estereotipos de género en todas las esferas 41. El Comité observa la gran prevalencia de los estereotipos de género en todas las esferas de la sociedad, incluida su perpetuación y agravación a través de representaciones de las mujeres en los medios de comunicación que refuerzan la posición dominante de los hombres. El aprendizaje de la inteligencia artificial, un sector de rápida aparición que incluye la inteligencia artificial generativa, los sistemas de visión artificial, la inteligencia artificial de __________________ 41 14/33 En su recomendación general núm. 41, que se formulará próximamente, el Comité abordará de forma concreta los estereotipos de género en diversos sectores, por ejemplo en relación con los medios de comunicación, la digitalización y la inteligencia artificial. 24-20036

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