A/RES/56/229 organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, en particular las organizaciones de mujeres, según proceda, a que sigan prestando asistencia a los Estados partes que la soliciten para aplicar la Convención y, al respecto, alienta a los Estados partes a que presten atención a las observaciones finales y a las recomendaciones generales del Comité; 17. Alienta a todas las entidades competentes del sistema de las Naciones Unidas a que sigan contribuyendo a que la mujer conozca, comprenda y pueda utilizar mejor los instrumentos de derechos humanos, en particular la Convención y su Protocolo Facultativo; 18. Acoge con beneplácito los informes que presentan los organismos especializados, por invitación del Comité, acerca de aspectos de la aplicación de la Convención que corresponden a sus ámbitos de actividades y la contribución de las organizaciones no gubernamentales a la labor del Comité y alienta a los organismos a que sigan presentando informes; 19. Pide al Secretario General que le presente en su quincuagésimo séptimo período de sesiones un informe sobre la situación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la aplicación de esta resolución. 92ª sesión plenaria 24 de diciembre de 2001 4

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