interesadas se comprometieron a adoptar medidas para facilitar el acceso de las personas refugiadas
a soluciones duraderas a través de una gran variedad de compromisos de múltiples partes
interesadas;
Recordando las conclusiones pertinentes del Comité Ejecutivo en materia de soluciones
duraderas y el papel que siguen desempeñando para orientar a ACNUR en su mandato y para
proteger a las personas refugiadas y buscar soluciones para ellas;
Recordando el plan de trabajo multianual de 2023 para conclusiones del Comité Ejecutivo
y los importantes costos y desafíos que enfrentan los países que acogen personas refugiadas, y
reconociendo que la medición de los impactos de la acogida, asistencia y protección de personas
refugiadas puede informar los esfuerzos en marcha para alcanzar soluciones duraderas;
(a)
Hace un llamamiento a los Estados, en colaboración con ACNUR y con otros
asociados, para aumentar los esfuerzos de prevención del desplazamiento y facilitar soluciones
duraderas para las personas refugiadas en la fase más temprana posible, en particular desde el
comienzo de una situación de desplazamiento;
(b)
Destaca la necesidad de que los Estados, con el apoyo de ACNUR y de la
comunidad internacional, en particular donantes, así como partes interesadas de la paz y el
desarrollo, creen condiciones propicias para la repatriación voluntaria en condiciones de seguridad
y dignidad basada en una decisión libre e informada; y solicita también una cooperación
humanitaria y de desarrollo adicional y mejorada entre los países de origen, los Estados de acogida
y los asociados donantes, con vistas a permitir la reintegración sostenible de las personas retornadas
en sus países de origen;
(c)
Acoge con beneplácito el importante trabajo llevado a cabo por los Estados con el
apoyo de partes interesadas pertinentes para contribuir a la integración local, en particular la
facilitando la inclusión socioeconómica, teniendo en cuenta las comunidades de acogida; así como
para establecer e implementar marcos legales, políticos e institucionales propicios y la facilitación
de la naturalización, en línea con el artículo 34 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados
de 1951 y de acuerdo con las leyes y políticas nacionales; y solicita esfuerzos adicionales en apoyo
de este trabajo, en particular por parte de ACNUR y de la comunidad internacional;
(d)
Hace un llamamiento a más Estados para que participen y ofrezcan más lugares de
reasentamiento de personas refugiadas, con el apoyo de ACNUR, al tiempo que se adhieren a los
criterios de reasentamiento centrados en protección y utilizan modalidades flexibles de
procesamiento en aras de una distribución de la carga y una responsabilidad compartida equitativas;
(e)
Hace un llamamiento a los Estados para participar, facilitar y ampliar las
oportunidades para que, con el apoyo de partes interesadas pertinentes, las personas refugiadas
puedan seguir vías complementarias adicionales a la repatriación voluntaria, la integración local y
el reasentamiento, a través de leyes, políticas y prácticas;
(f)
Hace un llamamiento a los Estados para que faciliten todas las vías
complementarias posibles, reconociendo que dichas vías pueden desembocar progresivamente en
soluciones duraderas, como por ejemplo:
(i)
vías basadas en necesidades, en particular vías humanitarias, basadas en una
protección amplia, vulnerabilidad y criterios específicos para cada contexto;
(ii)
vías de movilidad laboral y educación para que las personas refugiadas
puedan trabajar y/o estudiar en otro país;
(iii)
vías de patrocinio, a las que se animaría a contribuir a una amplia selección
de partes interesadas, en particular en apoyo de la integración de las personas refugiadas; y
(iv)
reunificación familiar basada en los principios de unidad familiar como vía
importante para soluciones duraderas; y hace un llamamiento a los Estados para facilitar
procedimientos efectivos y rutas de referenciación claras para la reunificación con
familiares, así como para considerar esfuerzos para reunir a personas en relaciones de
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