A/RES/50/77 Página 2 mismas, sino un medio para alcanzar en una etapa ulterior el desarme general y completo, Recordando además que en su resolución 2286 (XXII), de 5 de diciembre de 1967, acogió con especial beneplácito el Tratado de Tlatelolco como un acontecimiento de significación histórica en los esfuerzos por evitar la proliferación de las armas nucleares y promover la paz y la seguridad internacionales, Recordando que en 1990, 1991 y 1992 la Conferencia General del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe aprobó y abrió a la firma un conjunto de enmiendas al Tratado de Tlatelolco 2/ encaminadas a la plena vigencia de dicho instrumento, Teniendo presente que, con la plena adhesión en 1995 de Santa Lucía, el Tratado de Tlatelolco está ya en vigor para treinta Estados soberanos de la región, Tomando nota con satisfacción de que el Gobierno de Saint Kitts y Nevis ratificó el Tratado de Tlatelolco el 18 de abril de 1995, Tomando nota también con satisfacción de que el Gobierno de Cuba suscribió el Tratado de Tlatelolco el 25 de marzo de 1995, lo que contribuye a una mayor integración entre los pueblos de la América Latina y el Caribe, para el logro de los objetivos del Tratado, Tomando nota además con satisfacción de que el Tratado de Tlatelolco enmendado se encuentra plenamente vigente para la Argentina, el Brasil, Chile, Jamaica, México, el Perú, Suriname y el Uruguay, 1. Acoge con beneplácito las medidas concretas que varios países de la región han tomado durante el último año para la consolidación del régimen de desnuclearización militar establecido en el Tratado para la proscripción de las armas nucleares en la América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco); 2. Toma nota con satisfacción de la plena adhesión de Santa Lucía al Tratado de Tlatelolco; 3. Insta a los países de la región que aún no lo hayan hecho a depositar su instrumento de ratificación de las enmiendas al Tratado de Tlatelolco aprobadas por la Conferencia General del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe en sus resoluciones 267 (E-V), de 3 de julio de 1990, 268 (XII), de 10 de mayo de 1991, y 290 (VII), de 26 de agosto de 1992; 4. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo primer período de sesiones el tema titulado "Consolidación del régimen establecido en el Tratado para la proscripción de las armas nucleares en la América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco)". 90ª sesión plenaria 12 de diciembre de 1995 2/ A/47/467, anexo.

Seleccionar párrafo de destino3