A/RES/60/278 13. Observa con profunda preocupación el fraude relacionado con el combustible y las raciones del que informó la Comisión Consultiva 3, revelado por una investigación realizada, a solicitud de la Fuerza, por la Oficina de Servicios de Supervisión Interna; 14. Reconoce que la investigación sigue su curso y pide al Secretario General que en la próxima solicitud presupuestaria presente información sobre los progresos en la recuperación de las pérdidas financieras que pueda haber sufrido la Fuerza; 15. Pide al Secretario General que tome todas las medidas necesarias para asegurar que la Fuerza se administre con el máximo de eficiencia y economía; 16. Pide también al Secretario General que, con objeto de reducir el costo de emplear personal del cuadro de servicios generales, siga haciendo lo posible para que se contrate personal local para ocupar los puestos del cuadro de servicios generales de la Fuerza, en consonancia con las necesidades de ésta; 17. Reitera su petición al Secretario General de que adopte las medidas necesarias para asegurar la aplicación cabal del párrafo 8 de su resolución 51/233, del párrafo 5 de su resolución 52/237, del párrafo 11 de su resolución 53/227, del párrafo 14 de su resolución 54/267, del párrafo 14 de su resolución 55/180 A, del párrafo 15 de su resolución 55/180 B, del párrafo 13 de su resolución 56/214 A, del párrafo 13 de su resolución 56/214 B, del párrafo 14 de su resolución 57/325, del párrafo 13 de su resolución 58/307 y del párrafo 13 de su resolución 59/307, insiste una vez más en que Israel debe pagar la suma de 1.117.005 dólares por los gastos causados por el incidente ocurrido en Qana el 18 de abril de 1996, y pide al Secretario General que le informe de esta cuestión en su sexagésimo primer período de sesiones; Informe de ejecución financiera correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio de 2004 y el 30 de junio de 2005 18. Toma nota del informe del Secretario General sobre la ejecución financiera de la Fuerza correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio de 2004 y el 30 de junio de 2005 4; Estimaciones presupuestarias correspondientes al período comprendido entre el 1° de julio de 2006 y el 30 de junio de 2007 19. Decide consignar en la Cuenta Especial para la Fuerza Provisional de las Naciones Unidas en el Líbano la suma de 97.579.600 dólares para el período comprendido entre el 1° de julio de 2006 y el 30 de junio de 2007, que incluye 93.526.200 dólares para el mantenimiento de la Fuerza, 3.348.000 dólares para la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz y 705.400 dólares para la Base Logística de las Naciones Unidas; Financiación de la consignación 20. Decide también prorratear entre los Estados Miembros la suma de 8.131.633 dólares para el período comprendido entre el 1° y el 31 de julio de 2006, de conformidad con los niveles actualizados en su resolución 58/256, de 23 de _______________ 3 4 Ibíd., párr. 30. A/60/629 y Corr.1. 3

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