A/RES/56/109
4.
Subraya la importancia de la plena cooperación y asistencia de las
autoridades de los países afectados para facilitar la labor de las organizaciones
humanitarias, incluidas las organizaciones no gubernamentales, para mitigar las
consecuencias humanitarias del desastre de Chernobyl, observa las medidas que ya
han adoptado los gobiernos de los países afectados a este respecto y los alienta a que
adopten medidas ulteriores para simplificar sus procedimientos internos pertinentes
y determinar medios para aumentar la eficacia de los sistemas de concesión de
exenciones de aranceles y otros derechos aduaneros respecto de los bienes
proporcionados gratuitamente como asistencia humanitaria por las organizaciones
humanitarias, incluidas las organizaciones no gubernamentales;
5.
Reconoce las dificultades a que se enfrentan los países más afectados
para reducir al mínimo las consecuencias del desastre de Chernobyl, e invita a los
Estados, en particular a los Estados donantes y a todos los organismos, fondos y
programas pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, en especial las
instituciones de Bretton Woods, así como a las organizaciones no gubernamentales,
a que sigan prestando apoyo a los esfuerzos que realizan Belarús, la Federación de
Rusia y Ucrania por mitigar las consecuencias del desastre de Chernobyl, incluso
mediante la asignación de fondos adicionales para apoyar los programas médicos,
sociales, económicos y ecológicos relacionados con el desastre;
6.
Señala el llamamiento hecho por el Coordinador de las Naciones Unidas
a la comunidad de donantes para que considere la posibilidad de asignar recursos
adicionales a los aspectos humanitarios del desastre de Chernobyl;
7.
Destaca la necesidad de una cooperación internacional coordinada para
estudiar las consecuencias del desastre de Chernobyl, e invita a los Estados
Miembros y a todas las partes interesadas a que tomen parte en las actividades del
Centro Chernobyl para la seguridad nuclear, los desechos radiactivos y la
radioecología y las promuevan como importante mecanismo de investigación
científica sobre las condiciones únicas de la zona de Chernobyl y las instalaciones
del Refugio;
8.
Pide al Secretario General que prosiga sus esfuerzos por promover la
aplicación de las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y que, por
conducto de los mecanismos de coordinación existentes, en particular el
Coordinador de las Naciones Unidas, siga manteniendo una estrecha cooperación
con los organismos del sistema de las Naciones Unidas y con las organizaciones
regionales y de otro tipo pertinentes en la ejecución de los programas y proyectos
relacionados concretamente con Chernobyl;
9.
Pide también al Secretario General que considere posibles medios de
fortalecer aún más la coordinación y la capacidad analítica y técnica de las Naciones
Unidas sobre el terreno, así como en la Sede, que se describen en el informe del
Secretario General 1, prestando la debida atención a los procedimientos
administrativos y presupuestarios existentes de la Organización;
10. Pide además al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo
octavo período de sesiones, en relación con un subtema separado, un informe con
una evaluación amplia de la aplicación de todos los aspectos de la presente
resolución y propuestas de medidas innovadoras para aumentar la eficacia de la
respuesta de la comunidad internacional ante el desastre de Chernobyl.
87ª sesión plenaria
14 de diciembre de 2001
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