A/RES/58/301 Informe de ejecución financiera correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio de 2002 y el 30 de junio de 2003 11. Toma nota del informe del Secretario General sobre la ejecución financiera de la Fuerza correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio de 2002 y el 30 de junio de 2003 5; Estimaciones presupuestarias correspondientes al período comprendido entre el 1° de julio de 2004 y el 30 de junio de 2005 12. Decide consignar en la Cuenta Especial de la Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre la suma de 51.992.200 dólares para el período comprendido entre el 1° de julio de 2004 y el 30 de junio de 2005, que incluye 47.240.400 dólares para el mantenimiento de la Fuerza, 2.176.900 dólares para reforzar la protección y la seguridad del personal y los locales de la Fuerza 6, 2.105.100 dólares para la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz y 469.800 dólares para la Base Logística de las Naciones Unidas; Financiación de la consignación 13. Observa con reconocimiento que un tercio de la consignación neta, equivalente a 16.444.900 dólares, se financiará con las contribuciones voluntarias del Gobierno de Chipre y la suma de 6,5 millones de dólares del Gobierno de Grecia; 14. Decide prorratear entre los Estados Miembros la suma de 29.047.300 dólares, a razón de 2.420.608 dólares por mes, de conformidad con los niveles establecidos en su resolución 55/235, con los ajustes hechos en su resolución 55/236, de 23 de diciembre de 2000, y con las actualizaciones hechas en su resolución 58/256, de 23 de diciembre de 2003, teniendo en cuenta la escala de cuotas para 2004 y 2005, que figura en su resolución 58/1 B, de 23 de diciembre de 2003, siempre que el Consejo de Seguridad decida prorrogar el mandato de la Fuerza; 15. Decide también que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 14 supra las partes que les correspondan de la suma de 2.657.500 dólares en el Fondo de Nivelación de Impuestos, suma que se compone de los ingresos por concepto de contribuciones del personal aprobados para la Fuerza, estimados en 2.323.800 dólares; la parte que corresponde a la Fuerza en el prorrateo de los ingresos estimados por concepto de contribuciones del personal aprobados para la cuenta de apoyo, por valor de 307.200 dólares; y la parte que corresponde a la Fuerza en el prorrateo de los ingresos estimados por concepto de contribuciones del personal aprobados para la Base Logística de las Naciones Unidas, por valor de 26.500 dólares; 16. Decide además que, en el caso de los Estados Miembros que hayan cumplido sus obligaciones financieras con la Fuerza, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo indicado en el párrafo 14 supra las partes que les correspondan del saldo no comprometido y de otros ingresos, que ascienden a _______________ 5 6 A/58/631. Véase resolución 58/295. 3

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