A/RES/52/238
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7. Decide examinar la recomendación de la Comisión Consultiva de introducir una reducción
general del 5% en las propuestas presupuestarias del Secretario General a la luz de la próxima serie de
informes pertinentes sobre la ejecución del presupuesto;
8. Pide al Secretario General que tome todas las medidas necesarias para que la Misión de
Observación se administre con el máximo de eficiencia y economía;
9. Pide también al Secretario General que, con objeto de reducir los gastos que entraña la
contratación de personal del cuadro de servicios generales, continúe haciendo lo posible para que se
contrate a personal local para los puestos del cuadro de servicios generales de la Misión de Observación,
en consonancia con las necesidades de la misma;
10. Decide consignar en la Cuenta Especial de la Misión de Observación de las Naciones Unidas
para el Iraq y Kuwait la suma de 52.143.800 dólares en cifras brutas (50.255.600 dólares en cifras netas)
para el mantenimiento de la Misión de Observación en el período comprendido entre el 1º de julio de 1998
y el 30 de junio de 1999, que incluye la suma de 2.618.400 dólares para la cuenta de apoyo para las
operaciones de mantenimiento de la paz, en la inteligencia de que dos terceras partes de dicha suma,
equivalentes a 33.503.700 dólares, se financiarán mediante contribuciones voluntarias del Gobierno de
Kuwait, con sujeción al examen por el Consejo de Seguridad de la cuestión de la cesación o continuación
de la Misión;
11. Decide también, como medida especial y teniendo en cuenta que las dos terceras partes de los
gastos de la Misión de Observación, equivalentes a 33.503.700 dólares, se financian mediante
contribuciones voluntarias del Gobierno de Kuwait, prorratear entre los Estados Miembros la suma de
18.640.100 dólares en cifras brutas (16.751.900 dólares en cifras netas), que constituye una tercera parte
de los gastos de mantenimiento de la Misión de Observación en el período comprendido entre el 1º de
julio de 1998 y el 30 de junio de 1999, a razón de 1.553.342 dólares en cifras brutas (1.395.992 dólares
en cifras netas) por mes, con arreglo a la composición de los grupos indicada en los párrafos 3 y 4 de la
resolución 43/232 de la Asamblea General, de 1º de marzo de 1989, modificada por la Asamblea en sus
resoluciones 44/192 B, de 21 de diciembre de 1989, 45/269, de 27 de agosto de 1991, 46/198 A, de 20
de diciembre de 1991, 47/218 A, de 23 de diciembre de 1992, 49/249 A, de 20 de julio de 1995,
49/249 B, de 14 de septiembre de 1995, 50/224, de 11 de abril de 1996, 51/218 A a C, de 18 de
diciembre de 1996, y 52/230, de 31 de marzo de 1998, y en sus decisiones 48/472 A, de 23 de diciembre
de 1993, y 50/451 B, de 23 de diciembre de 1995, y mediante la aplicación de la escala de cuotas para
los años 1998 y 1999 establecida en su resolución 52/215 A, de 22 de diciembre de 1997, con sujeción
al examen por el Consejo de Seguridad de la cuestión de la cesación o continuación de la Misión de
Observación;
12. Decide además que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), de 15 de
diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros
indicado en el párrafo 11 supra las partes que les correspondan, en el Fondo de Nivelación de Impuestos,
de los ingresos por concepto de contribuciones del personal, estimados en 1.888.200 dólares, aprobados
para la Misión de Observación respecto del período comprendido entre el 1º de julio de 1998 y el 30 de
junio de 1999;
13. Decide, teniendo en cuenta que las dos terceras partes de los gastos de la Misión de Observación
se financian mediante contribuciones voluntarias del Gobierno de Kuwait, que, en el caso de los Estados
Miembros que hayan cumplido sus obligaciones financieras respecto de la Misión, se deduzcan de las
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