A/RES/59/171 Reiterando que la asistencia humanitaria debe proporcionarse sin que se reduzcan los recursos disponibles para la cooperación internacional en pro del desarrollo, Tomando nota del informe del Secretario General 2, 1. Expresa su reconocimiento por la labor que sigue realizando el Secretario General en el ámbito humanitario e insta a los gobiernos a que lo ayuden a promover un nuevo orden humanitario internacional que corresponda a las nuevas realidades y los nuevos desafíos y a elaborar un programa de acción humanitaria de conformidad con el derecho internacional; Reafirma que todos los Estados y las partes en los conflictos armados 2. tienen el deber de proteger a los civiles en los conflictos armados de conformidad con el derecho internacional humanitario, e invita a los Estados a que promuevan una cultura de protección, teniendo presentes las necesidades particulares de las mujeres, los niños, los ancianos y los discapacitados; Hace un llamamiento a todos los gobiernos y a todas las partes en 3. emergencias humanitarias complejas, en particular los conflictos armados y las etapas posteriores a los conflictos, en los países en que trabaja el personal de las organizaciones humanitarias, en conformidad con las disposiciones pertinentes del derecho internacional y las leyes nacionales, para que colaboren plenamente con las Naciones Unidas y con otros organismos y organizaciones humanitarias y garanticen el acceso sin peligro y sin obstáculos de ese personal a fin de que éste pueda desempeñar eficazmente su labor de socorrer a la población civil afectada, incluidos los refugiados y las personas desplazadas dentro de sus propios países; Insta a los gobiernos, las organizaciones intergubernamentales y no 4. gubernamentales y a otras partes interesadas a que presten su colaboración al Secretario General y apoyen sus esfuerzos, entre otras cosas por conducto de los organismos y mecanismos pertinentes de las Naciones Unidas establecidos para atender las necesidades de asistencia y protección de las víctimas en emergencias complejas y velar por la seguridad y protección del personal de las Naciones Unidas y de otras organizaciones humanitarias; Invita al Secretario General a que siga promoviendo el estricto 5. cumplimiento, en situaciones de emergencia humanitaria, de las disposiciones del derecho de los refugiados, el derecho internacional humanitario y los instrumentos de derechos humanos, así como de las normas y principios aceptados internacionalmente; Reconoce que la asistencia humanitaria y los derechos humanos se 6. complementan entre sí; 7. Alienta a la comunidad internacional a mejorar su respuesta en situaciones de emergencia humanitaria, incluidas las de duración prolongada, en particular la aplicación por parte de los donantes de políticas y prácticas de buena gestión de las donaciones; Alienta a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, 8. así como al sector privado, a apoyar y respaldar las iniciativas nacionales e internacionales para responder a las crisis humanitarias y aliviar el sufrimiento; _______________ 2 2 A/59/554.

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