A/RES/52/38
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Acogiendo con beneplácito la adopción por parte de la Comisión de Desarme de las "Directrices para
las transferencias internacionales de armas en el contexto de la resolución 46/36 H de la Asamblea
General, de 6 de diciembre de 1991"18,
Tomando nota, con referencia a su resolución 50/70 B, de 12 de diciembre de 1995, del informe del
Grupo de Expertos Gubernamentales sobre armas pequeñas19 y su pertinencia en el contexto de la
presente resolución y de la labor en marcha de la Comisión de Desarme,
1. Destaca la particular pertinencia para este tema de las deliberaciones que tuvieron lugar durante
el período de sesiones sustantivo de 1997 de la Comisión de Desarme, en el marco del Grupo de Trabajo
III sobre el tema 6, titulado "Directrices sobre el control/la limitación y el desarme en relación con las
armas convencionales, con especial atención a la consolidación de la paz en el contexto de la resolución
51/45 N de la Asamblea General", toma nota del documento del Presidente, de fecha 9 de mayo de
199720 y de otros criterios expresados, como útil fundamento para ulteriores deliberaciones, y alienta a
la Comisión de Desarme a que continúe sus esfuerzos encaminados a la adopción de dichas directrices;
2. Toma nota del informe del Secretario General sobre la consolidación de la paz mediante la
adopción de medidas concretas de desarme21, presentado de conformidad con la resolución 51/45 N, y
alienta a los Estados Miembros, así como a los organismos y entidades regionales, a que presten su apoyo
a la aplicación de las recomendaciones pertinentes allí contenidas;
3. Reconoce, con referencia al párrafo 12 de la sección III del informe21, que la aplicación efectiva
de medidas concretas de desarme se vería facilitada grandemente si la comunidad internacional estuviese
dispuesta a prestar asistencia a los Estados afectados en sus esfuerzos por consolidar la paz;
4. Invita a los Estados interesados a que establezcan un grupo para facilitar ese proceso y
aprovechar el impulso generado, y pide al Secretario General que apoye los esfuerzos de dicho grupo;
5. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo tercer período de sesiones el tema
titulado "Consolidación de la paz mediante la aplicación de medidas concretas de desarme".
67a. sesión plenaria
9 de diciembre de 1997
H
Contribuciones para lograr la prohibición de las minas
terrestres antipersonal
La Asamblea General,
18
Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer período de sesiones, Suplemento
No. 42 (A/51/42), anexo I.
19
A/52/298, anexo.
20
Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo segundo período de sesiones, Suplemento
No. 42 (A/52/42), anexo III.
21
A/52/289.
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