A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/52/47 31 de diciembre de 1997 Quincuagésimo segundo período de sesiones Tema 80 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/52/609)] 52/47. Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción La Asamblea General, Recordando sus resoluciones anteriores relativas a la prohibición completa y efectiva de las armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y a su destrucción, Observando con satisfacción que son partes en la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción1 ciento cuarenta Estados, incluidos todos los miembros permanentes del Consejo de Seguridad, Teniendo presente su exhortación a todos los Estados partes en la Convención a que participen en la aplicación de las recomendaciones de las Conferencias de examen, incluido el intercambio de información y datos convenido en la Declaración Final de la Tercera Conferencia de las Partes encargada del examen de la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción2, y a que proporcionen al Secretario General dicha información y datos, de conformidad con el procedimiento establecido, a más tardar el 15 de abril de cada año, Recordando su resolución 46/35 A, aprobada sin votación el 6 de diciembre de 1991, en la cual acogió con satisfacción, entre otras cosas, el establecimiento, con arreglo a lo recomendado por la Tercera 1 Resolución 2826 (XXVI), anexo. 2 BWC/CONF.III/23, parte II. 97-77782 /...

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