A/RES/58/206
22. Insta a la comunidad internacional, al sistema de las Naciones Unidas y a
las organizaciones competentes a que, con carácter prioritario, apoyen los esfuerzos
de los países en desarrollo encaminados a asegurar la participación plena y efectiva
de la mujer en la adopción y aplicación de estrategias de desarrollo y en la
incorporación de las consideraciones de género a los programas nacionales, en
particular mediante la aportación de recursos suficientes a las actividades
operacionales para el desarrollo en apoyo de los esfuerzos de los gobiernos por
lograr el acceso pleno e igualitario de la mujer a la atención de la salud, el capital, la
educación, la capacitación y la tecnología, así como su participación plena y en pie
de igualdad en la adopción de todas las decisiones;
23. Reconoce que se necesitará un aumento sustancial de la asistencia oficial
para el desarrollo y otros recursos para que los países en desarrollo puedan alcanzar
las metas y los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, en particular
los que figuran en la Declaración del Milenio3, y que, a fin de conseguir apoyo para
la asistencia oficial para el desarrollo, será necesario cooperar para seguir
mejorando las políticas y estrategias de desarrollo, tanto a nivel nacional como
internacional, a fin de mejorar la eficacia de la ayuda;
24. Insta a los países desarrollados que aún no lo hayan hecho a que adopten
medidas concretas para dedicar el 0,7% de su producto nacional bruto como
asistencia oficial para el desarrollo de los países en desarrollo y destinar entre el
0,15% y el 0,20% de su producto nacional bruto a los países menos adelantados,
objetivos reafirmados en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre los
Países Menos Adelantados, celebrada en Bruselas del 14 al 20 de mayo de 2001 9,
alienta a los países en desarrollo a que consoliden los progresos logrados para
utilizar eficazmente la asistencia oficial para el desarrollo a fin de alcanzar sus
metas y objetivos de desarrollo, expresa su reconocimiento a todos los donantes por
los esfuerzos desplegados, encomia a aquellos cuyas contribuciones a la asistencia
oficial para el desarrollo están aumentando, han alcanzado objetivos fijados o los
han sobrepasado, y subraya la importancia de que se comprometan a considerar los
medios y los plazos para alcanzar esos objetivos y metas;
25. Alienta a la comunidad internacional, al sistema de las Naciones Unidas,
al sector privado y a la sociedad civil a que sigan proporcionando los recursos
financieros necesarios para asistir a los gobiernos en sus esfuerzos por alcanzar los
objetivos de desarrollo y los puntos de referencia convenidos en la Cumbre Mundial
sobre Desarrollo Social, la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, la
Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, la Cumbre del
Milenio, la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, la
Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, la Segunda Asamblea Mundial
sobre el Envejecimiento, los períodos extraordinarios de sesiones de la Asamblea
General vigésimo tercero y vigésimo cuarto y otras conferencias y cumbres
pertinentes de las Naciones Unidas;
26. Alienta al sistema de las Naciones Unidas y a las organizaciones
internacionales y regionales, según proceda, a que presten asistencia a los
gobiernos, cuando éstos lo soliciten, para el fomento de la capacidad institucional y
la preparación de planes de acción nacionales o la aplicación ulterior de los planes
de acción existentes para aplicar la Plataforma de Acción de Beijing;
_______________
9
6
Véase A/CONF.191/13.
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