A/HRC/RES/35/22 la educación, entre otras cosas asegurando el derecho a la educación de todas las niñas, mediante la asignación de recursos adecuados, también financieros y técnicos, en apoyo de los planes nacionales de educación dirigidos por los países; 9. Reafirma la importancia de mejorar el diálogo entre el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, el Relator Especial sobre el derecho a la educación y otros asociados que tienen por objeto la educación de las niñas, con miras a seguir promoviendo el derecho de estas a la educación en las actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas; 10. Alienta al Alto Comisionado y a los titulares de mandatos de procedimientos especiales pertinentes a prestar la atención necesaria al disfrute en pie de igualdad por todas las niñas del derecho a la educación en el desempeño de sus mandatos y en sus informes, y a trabajar colectivamente para hacerlo efectivo a través de medidas prácticas y eficientes; 11. Decide seguir ocupándose de la cuestión. 36ª sesión 22 de junio de 2017 [Aprobada sin votación.] 4 GE.17-11929

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos