A/RES/50/183 Página 2 Reafirmando el llamamiento de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos a todos los gobiernos para que, en cumplimiento de sus obligaciones internacionales y teniendo debidamente en cuenta sus respectivos sistemas jurídicos, adopten toda las medidas que corresponda para hacer frente a la intolerancia y otras formas análogas de violencia fundadas en la religión o las creencias, incluidas las prácticas de discriminación contra la mujer y la profanación de lugares religiosos, reconociendo que todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia, expresión y religión 2/ , Recordando que la Conferencia Mundial de Derechos Humanos reconoció que el proceso de promover y proteger los derechos humanos debe llevarse a cabo de conformidad con los propósitos y los principios de la Carta y el derecho internacional 3/ , Instando a todos los gobiernos a colaborar con el Relator Especial sobre intolerancia religiosa de la Comisión de Derechos Humanos para que pueda desempeñar plenamente su mandato, Reconociendo que conviene intensificar las actividades de promoción y de información pública de las Naciones Unidas en cuestiones relativas a la libertad de religión o de creencias, y que tanto los gobiernos como las organizaciones no gubernamentales tienen una importante función que desempeñar en esta esfera, Poniendo de relieve que las organizaciones no gubernamentales y los órganos y grupos religiosos de todos los niveles tienen un papel importante que desempeñar en la promoción de la tolerancia y la protección de la libertad de religión o de creencias, Consciente de la importancia de la educación para asegurar la tolerancia en materia de religión o de creencias, Acogiendo con beneplácito la inclusión de iniciativas relacionadas con la tolerancia y la diversidad religiosa entre las actividades del Año de las Naciones Unidas para la Tolerancia, Alarmada por las graves manifestaciones de intolerancia y de discriminación por motivos de religión o creencias, entre las que se incluyen actos de violencia, intimidación y coerción motivados por el extremismo religioso, que se producen en muchas partes del mundo y amenazan el disfrute de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, Profundamente preocupada porque, según ha informado el Relator Especial, entre los derechos violados por motivos religiosos se encuentran el derecho a la vida, el derecho a la integridad física y a la libertad y seguridad de la persona, el derecho a la libertad de expresión, el derecho a no ser sometido a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y el derecho a no ser arrestado ni detenido arbitrariamente, Estimando que, en consecuencia, es necesario desplegar mayores esfuerzos para promover y proteger a la libertad de pensamiento, conciencia, religión y 2/ Véase A/CONF.157/24 (Part I), cap. III, secc. II, párr. 22. 3/ Ibíd., secc. I, párr. 7. /...

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