A/RES/60/204
a los cambios y se han beneficiado de la globalización pero que otros muchos,
especialmente los países menos adelantados, han seguido marginados en la
globalización de la economía mundial, y reconociendo también que, como se señala
en la Declaración del Milenio, los beneficios de la globalización se comparten de
forma muy desigual y los costos se distribuyen de forma desigual,
Reconociendo también que todos los derechos humanos son universales,
indivisibles, interdependientes y están interrelacionados,
Reconociendo además que un entorno económico propicio debería, entre otras
cosas, fomentar un sector empresarial dinámico y eficiente e incluir iniciativas para
promover la buena gobernanza de las empresas y del sector público, combatir la
corrupción en los sectores público y privado y promover el fortalecimiento y el
respeto del imperio de la ley,
Observando que debe prestarse especial atención, en el contexto de la
globalización, al objetivo de proteger, promover y aumentar los derechos y el
bienestar de las mujeres y las niñas, como se señala en la Declaración y la
Plataforma de Acción de Beijing 3,
Observando también que una dedicación general al multiculturalismo
contribuye a crear un entorno para prevenir y combatir la discriminación y
promover la solidaridad y la tolerancia en nuestras sociedades,
Observando además la labor sobre la diversidad cultural que se desarrolla en
la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura,
Reafirmando el compromiso de erradicar la pobreza y el hambre y promover el
crecimiento económico sostenido, el desarrollo sostenible y la prosperidad mundial
para todos y de promover el desarrollo de los sectores productivos de los países en
desarrollo para que puedan participar más eficazmente en el proceso de
globalización y beneficiarse de él,
Reafirmando también su firme apoyo a una globalización justa y su
determinación de que los objetivos del empleo pleno y productivo y el trabajo
decente para todos, incluidas las mujeres y los jóvenes, sean una meta fundamental
de las políticas nacionales e internacionales y las estrategias nacionales de
desarrollo, incluidas las estrategias de reducción de la pobreza, como parte de los
esfuerzos por alcanzar los objetivos de desarrollo del Milenio, y que estas medidas
también deberían abarcar la eliminación de las peores formas de trabajo infantil
definidas en el Convenio No. 182 de la Organización Internacional del Trabajo y el
trabajo forzoso, y resolviendo garantizar el pleno respeto de los principios y
derechos fundamentales en el trabajo,
Reafirmando además el compromiso de ampliar y fortalecer la participación de
los países en desarrollo y los países de economía en transición en el proceso
internacional de adopción de decisiones y establecimiento de normas económicas y,
con ese fin, subrayando la importancia de continuar los esfuerzos para reformar la
arquitectura financiera internacional, y señalando que la potenciación de la voz y
la participación de los países en desarrollo y de los países de economía en
transición en las instituciones de Bretton Woods sigue siendo motivo de constante
inquietud,
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Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexos I y II.
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