A/HRC/RES/42/37
19.
Alienta también, a este respecto, al Gobierno de Camboya a que supervise
con mayor eficacia la aplicación de la Ley del Suelo de 2001, y procure constantemente que
las mujeres y los grupos vulnerables obtengan la propiedad de la tierra y los derechos sobre
esta;
20.
Observa que el Gobierno de Camboya ha procurado resolver las cuestiones
relacionadas con la tierra mediante, entre otras cosas, la aplicación de las leyes y los
reglamentos pertinentes, incluida una moratoria aplicada a las concesiones de tierras con
fines económicos y el registro sistemático de la propiedad de la tierra; expresa
preocupación por los problemas pendientes en esta esfera, e insta al Gobierno a continuar y
redoblar sus esfuerzos para resolverlos de manera equitativa, rápida, justa y transparente,
tomando en consideración los derechos de las partes interesadas y las consecuencias
concretas para ellas y de conformidad con las leyes y los reglamentos pertinentes, como la
Ley del Suelo, la Ley de Expropiaciones, la Circular sobre la Construcción de Edificios
Temporales Ilegales en las Ciudades y Zonas Urbanas y la Política Nacional de Vivienda,
así como aumentando la capacidad y eficacia de las instituciones competentes, como la
Dirección Nacional de Solución de Litigios de Tierras y los comités catastrales de nivel
nacional, provincial y de distrito;
21.
Observa también los compromisos contraídos y los progresos realizados por
el Gobierno de Camboya en el cumplimiento de las obligaciones que le imponen los
tratados y las convenciones internacionales de derechos humanos en los que es parte, e insta
al Gobierno a seguir adoptando medidas para cumplir esas obligaciones y, para ello, a
intensificar su cooperación con los organismos de las Naciones Unidas, incluida la Oficina
del Alto Comisionado, mejorando el diálogo y realizando actividades conjuntas;
22.
Observa además el compromiso contraído por el Gobierno de Camboya de
establecer una institución nacional de derechos humanos y lo insta a que lo haga de
conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de
promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París) y celebrando
suficientes consultas con las partes interesadas;
23.
Acoge con beneplácito la labor desplegada por el Comité Camboyano de
Derechos Humanos, especialmente para resolver las denuncias de particulares;
24.
Acoge con beneplácito también los esfuerzos y progresos realizados por el
Gobierno de Camboya en la labor de promover una reforma encaminada a la
descentralización y desconcentración, a fin de lograr un desarrollo democrático
fortaleciendo las instituciones subnacionales y comunitarias;
25.
Expresa suma preocupación por el deterioro de la situación civil y política en
Camboya debido a los terribles efectos de la reiterada persecución judicial y otras
actuaciones llevadas a cabo contra miembros de partidos políticos, la sociedad civil y los
medios de comunicación, en particular el mantenimiento bajo supervisión judicial del
antiguo dirigente político de la oposición Kem Sokha y la disolución del antiguo partido de
la oposición; exhorta a todas las partes, entre otras al partido gobernante, a cooperar para
atenuar las tensiones y generar confianza restaurando el diálogo con los interesados
pertinentes en el país; y exhorta al Gobierno de Camboya a garantizar, entre otras cosas, los
derechos a la libertad de expresión y a la libertad de asociación y de reunión y a asumir su
responsabilidad por los casos en cuestión;
26.
Presta atención a las conclusiones y las recomendaciones que se formulan en
los informes de la Relatora Especial3 y a su declaración de mayo de 2019, en la que pide
que se ponga en libertad a Kem Sokha y que concluya rápidamente la investigación de su
caso, toma nota de que se ha reconocido el derecho de nueve miembros del antiguo partido
de la oposición a llevar a cabo sus actividades políticas gracias a la reforma de la Ley de
Partidos Políticos realizada en enero de 2019, alienta enérgicamente al Gobierno de
Camboya a que garantice los derechos políticos de todos, procure constantemente resolver
la cuestión de la prohibición de las actividades políticas de los miembros de categoría
superior del partido de la oposición y amplíe el espacio democrático para los activistas
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A/HRC/39/73/Add.1 y A/HRC/42/60.
GE.19-17284