Aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad y su Protocolo Facultativo: accesibilidad
A/RES/74/144
las demás y a que participen de manera plena, efectiva y significativa en la sociedad
y el lugar de trabajo,
Poniendo de relieve el derecho a la privacidad y el respeto de los reglamentos y
normas de protección de datos en todos los usos de los sistemas y las tecnologías de
la información y las comunicaciones,
Acogiendo con beneplácito el positivo papel que desempeña la sociedad civil en
la promoción y la implementación de la accesibilidad para las personas con
discapacidad y destacando la importancia de celebrar consultas estrechas y colaborar
activamente con las personas con discapacidad, incluidas las mujeres y las niñas, por
conducto de las organizaciones que las representan, en la elaboración y la aplicación
de las leyes y políticas que afectan a sus vidas y en otros procesos de adopción de
decisiones sobre cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, para así
minimizar el riesgo de crear barreras a la accesibilidad para todas las personas con
discapacidad,
Destacando la necesidad de emprender iniciativas de desarrollo de la capacidad
dirigidas a empoderar a las personas con discapacidad y a las organizaciones que las
representan para asegurar a las personas con discapacidad igualdad de acceso a una
educación de calidad, al empleo pleno y productivo y al trabajo decente en igualdad
de condiciones y sin discriminación, incluso mediante la promoción del acceso a
sistemas de enseñanza inclusivos, el desarrollo de las aptitudes, oportunidades de
voluntariado y formación profesional y empresarial, a fin de que esas personas puedan
lograr y mantener la máxima independencia,
Reconociendo la importancia de adoptar medidas para concienciar sobre los
derechos de las personas con discapacidad a fin de eliminar la discriminación, l os
estereotipos, los prejuicios y otras barreras que suponen un serio obstáculo para su
participación plena, efectiva y en condiciones de igualdad en la sociedad y la
economía y en la vida política y pública,
Preocupada porque la continua falta de estadísticas, datos e información fiables
sobre la situación de las personas con discapacidad a nivel nacional, regional y
mundial contribuye a su exclusión de los programas, las políticas y las estadísticas
oficiales, y, a este respecto, reconociendo la necesida d de intensificar los esfuerzos
para desarrollar la capacidad de los Estados Miembros y fortalecer a nivel nacional
la recopilación, el análisis y el uso de datos desglosados por discapacidad, sexo y
edad relativos a indicadores específicos, utilizando los instrumentos de medición
apropiados, como el módulo del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia sobre
el funcionamiento en niños y niñas, el minicuestionario sobre discapacidad del Grupo
de Washington y otras metodologías de recopilación de datos, a fin de apoyar la
elaboración de políticas y programas de base empírica que sean inclusivos y
accesibles para las personas con discapacidad, incluidas las mujeres y las niñas, en
igualdad de condiciones con las demás,
1.
Exhorta a los Estados que todavía no lo hayan hecho a que consideren la
posibilidad de firmar y ratificar la Convención sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad 2 y su Protocolo Facultativo 3 como cuestión prioritaria;
2.
Alienta a los Estados que hayan ratificado la Convención y hayan
presentado una o más reservas a esta a que examinen periódicamente el efecto de esas
reservas y la pertinencia de mantenerlas y a que consideren la posibilidad de retirarlas;
3.
Solicita a los organismos y las organizaciones de las Naciones Unidas que
sigan reforzando las iniciativas emprendidas para difundir información accesible y
fácilmente comprensible sobre la Convención y su Protocolo Facultativo, en
particular entre los niños y los jóvenes a fin de fomentar su conocimiento, y ayuden
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