Aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo: accesibilidad A/RES/74/144 las demás y a que participen de manera plena, efectiva y significativa en la sociedad y el lugar de trabajo, Poniendo de relieve el derecho a la privacidad y el respeto de los reglamentos y normas de protección de datos en todos los usos de los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, Acogiendo con beneplácito el positivo papel que desempeña la sociedad civil en la promoción y la implementación de la accesibilidad para las personas con discapacidad y destacando la importancia de celebrar consultas estrechas y colaborar activamente con las personas con discapacidad, incluidas las mujeres y las niñas, por conducto de las organizaciones que las representan, en la elaboración y la aplicación de las leyes y políticas que afectan a sus vidas y en otros procesos de adopción de decisiones sobre cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, para así minimizar el riesgo de crear barreras a la accesibilidad para todas las personas con discapacidad, Destacando la necesidad de emprender iniciativas de desarrollo de la capacidad dirigidas a empoderar a las personas con discapacidad y a las organizaciones que las representan para asegurar a las personas con discapacidad igualdad de acceso a una educación de calidad, al empleo pleno y productivo y al trabajo decente en igualdad de condiciones y sin discriminación, incluso mediante la promoción del acceso a sistemas de enseñanza inclusivos, el desarrollo de las aptitudes, oportunidades de voluntariado y formación profesional y empresarial, a fin de que esas personas puedan lograr y mantener la máxima independencia, Reconociendo la importancia de adoptar medidas para concienciar sobre los derechos de las personas con discapacidad a fin de eliminar la discriminación, l os estereotipos, los prejuicios y otras barreras que suponen un serio obstáculo para su participación plena, efectiva y en condiciones de igualdad en la sociedad y la economía y en la vida política y pública, Preocupada porque la continua falta de estadísticas, datos e información fiables sobre la situación de las personas con discapacidad a nivel nacional, regional y mundial contribuye a su exclusión de los programas, las políticas y las estadísticas oficiales, y, a este respecto, reconociendo la necesida d de intensificar los esfuerzos para desarrollar la capacidad de los Estados Miembros y fortalecer a nivel nacional la recopilación, el análisis y el uso de datos desglosados por discapacidad, sexo y edad relativos a indicadores específicos, utilizando los instrumentos de medición apropiados, como el módulo del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia sobre el funcionamiento en niños y niñas, el minicuestionario sobre discapacidad del Grupo de Washington y otras metodologías de recopilación de datos, a fin de apoyar la elaboración de políticas y programas de base empírica que sean inclusivos y accesibles para las personas con discapacidad, incluidas las mujeres y las niñas, en igualdad de condiciones con las demás, 1. Exhorta a los Estados que todavía no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de firmar y ratificar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 2 y su Protocolo Facultativo 3 como cuestión prioritaria; 2. Alienta a los Estados que hayan ratificado la Convención y hayan presentado una o más reservas a esta a que examinen periódicamente el efecto de esas reservas y la pertinencia de mantenerlas y a que consideren la posibilidad de retirarlas; 3. Solicita a los organismos y las organizaciones de las Naciones Unidas que sigan reforzando las iniciativas emprendidas para difundir información accesible y fácilmente comprensible sobre la Convención y su Protocolo Facultativo, en particular entre los niños y los jóvenes a fin de fomentar su conocimiento, y ayuden 19-22245 5/10

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