A/RES/55/103
17. Pide a la Comisión de Derechos Humanos que continúe estudiando esta
cuestión con carácter prioritario y que, cuando examine el informe que éste habrá de
presentar a la Comisión en su 57° período de sesiones, tome todas las medidas que
juzgue necesarias para la ejecución de la labor del Grupo de Trabajo y la aplicación
de sus recomendaciones;
18. Pide una vez más al Secretario General que continúe proporcionando al
Grupo de Trabajo todos los medios que necesite para cumplir su tarea y, más
concretamente, para realizar misiones y llevar a la práctica las conclusiones de éstas;
19. Pide al Secretario General que le informe de las medidas que adopte para
dar a conocer y promover ampliamente la Declaración;
20. Pide también al Secretario General que le presente en su quincuagésimo
séptimo período de sesiones un informe relativo a las medidas adoptadas en
cumplimiento de esta resolución;
21. Decide examinar la cuestión de las desapariciones forzadas y en especial
la aplicación de la Declaración en su quincuagésimo séptimo período de sesiones, en
relación con el subtema titulado “Cuestiones relativas a los derechos humanos,
incluidos distintos criterios para mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y
las libertades fundamentales”.
81a. sesión plenaria
4 de diciembre de 2000
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