A/RES/69/154 Asistencia a los refugiados, los repatriados y los desplazados en África Reconociendo también que los refugiados, los desplazados internos y, en particular, las mujeres y los niños corren un riesgo mayor de infección con el VIH y el SIDA, la malaria y otras enfermedades infecciosas, Recordando la Declaración conjunta aprobada por la cumbre conjunta de la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo y la Comunidad de África Oriental sobre la crisis en el Cuerno de África, celebrada en Nairobi los días 8 y 9 de septiembre de 2011, en la cual, entre otras cosas, se expresó preocupación por el éxodo masivo de refugiados hacia los países vecinos, así como el aumento del número de desplazados internos causado por las crisis humanitarias de la sequía y la hambruna que afectan al Cuerno de África, Recordando también el Pacto sobre la Seguridad, la Estabilidad y el Desarrollo en la Región de los Grandes Lagos aprobado por la Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos en 2006 y sus instrumentos, en particular dos de los protocolos del Pacto que son pertinentes a la protección de los desplazados, a saber, el Protocolo sobre la Protección y la Asistencia a los Desplazados Internos y el Protocolo sobre los Derechos de Propiedad de las Personas que Regresan, Reconociendo con aprecio la generosidad, la hospitalidad y el espíritu de solidaridad de los países africanos que siguen acogiendo la afluencia de refugiados debida a las crisis humanitarias y a las situaciones de refugiados prolongadas y, a ese respecto, expresando especial reconocimiento por el compromiso y los esfuerzos de los países vecinos en las crisis humanitarias recientes del continente, y reconociendo con aprecio además la coordinación de la asistencia humanitaria de las Naciones Unidas, así como las gestiones constantes de los donantes, el sistema de las Naciones Unidas, en particular la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, las organizaciones regionales, los organismos internacionales, las organizaciones no gubernamentales y otros asociados, con respecto, entre otras cuestiones, a la integración, la repatriación voluntaria, la reintegración y el reasentamiento, en respuesta a la difícil situación de los refugiados durante la emergencia, Reconociendo que los Estados de acogida tienen la responsabilidad primordial de proteger y prestar asistencia a los refugiados en su territorio y la necesidad de redoblar los esfuerzos para elaborar y aplicar estrategias y soluciones amplias y duraderas, cooperando apropiadamente con la comunidad internacional, y medidas para compartir la carga y la responsabilidad, Poniendo de relieve que los Estados tienen la responsabilidad primordial de ofrecer protección y asistencia a los desplazados internos dentro de su jurisdicción, así como de ocuparse de las causas fundamentales del problema de los desplazamientos, cooperando apropiadamente con la comunidad internacional, Acogiendo con beneplácito que los Estados estén cumpliendo las promesas que hicieron en el acto intergubernamental a nivel ministerial celebrado en 2011 con ocasión del 60º aniversario de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951, y del 50º aniversario de la Convención para Reducir los Casos de Apatridia, de 19615, 1. Toma nota de los informes del Secretario General6 y del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados7; _______________ 5 Ibid., vol. 989, núm. 14458. A/69/339. 7 Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo noveno período de sesiones, Suplemento núm. 12 (A/69/12). 6 2/7

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