A/RES/80/210
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
22 de diciembre de 2025
Octogésimo período de sesiones
Tema 71 b) del programa
Promoción y protección de los derechos
humanos: cuestiones de derechos humanos,
incluidos otros medios de mejorar el goce
efectivo de los derechos humanos y las
libertades fundamentales
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 18 de diciembre de 2025
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/80/545, párr. 5)]
80/210.
El derecho a la alimentación
La Asamblea General,
Reafirmando la Carta de las Naciones Unidas y su importancia para la
promoción y protección de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales
para todas las personas,
Reafirmando también las resoluciones y decisiones anteriores sobre el derecho
a la alimentación aprobadas en el marco de las Naciones Unidas,
Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, que dispone que
toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el
bienestar, en especial la alimentación, así como la Declaración Universal sobre la
Erradicación del Hambre y la Malnutrición 2, la Declaración del Milenio 3, en particular
el primer Objetivo de Desarrollo del Milenio, relativo a la erradicación de la pobreza
extrema y el hambre para 2015, y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 4, en
particular los Objetivos de Desarrollo Sostenible consistentes en poner fin al hambre,
lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura
sostenible y en eliminar la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo,
_______________
1
Resolución 217 A (III).
Informe de la Conferencia Mundial sobre la Alimentación, Roma, 5 a 16 de noviembre de 1974
(publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta S.75.II.A.3), cap. I.
3
Resolución 55/2.
4
Resolución 70/1.
2
25-20966 (S)
*2520966*
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