Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/56/159
Distr. general
20 de febrero de 2002
Quincuagésimo sexto período de sesiones
Tema 119 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/56/583/Add.2)]
56/159. Fortalecimiento de la función de las Naciones Unidas para
mejorar la eficacia del principio de elecciones periódicas
y genuinas y la promoción de la democratización
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones anteriores sobre la cuestión, en particular la
resolución 54/173, de 17 de diciembre de 1999,
Reafirmando que las actividades de las Naciones Unidas de asistencia electoral y
apoyo para el fomento de la democratización se realizan únicamente a petición expresa
del Estado Miembro de que se trate,
Observando con satisfacción que un número cada vez mayor de Estados
Miembros utiliza las elecciones como medio pacífico de adoptar decisiones nacionales y
fomentar la confianza, contribuyendo de ese modo a la paz y la estabilidad nacionales,
Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada el 10 de
diciembre de 19481, en particular el principio de que la voluntad expresada por el
pueblo mediante la celebración de elecciones periódicas y genuinas debe ser la base de
la autoridad gubernamental, así como el derecho a elegir libremente representantes
mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio
universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la
libertad del voto,
Tomando nota con interés de las resoluciones de la Comisión de Derechos
Humanos 2001/41, de 23 de abril de 2001, y 2001/72, de 25 de abril de 2001 2,
Reconociendo la necesidad de afianzar los procesos democráticos, las
instituciones electorales y la capacidad nacional, incluida la capacidad para
administrar elecciones imparciales, dar mayor participación a los ciudadanos e
impartir educación cívica en los países solicitantes a fin de consolidar y regularizar
los logros de elecciones anteriores y prestar apoyo a elecciones ulteriores,
_______________
1
Resolución 217 A (III).
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2001, Suplemento No. 3 (E/2001/23),
cap. II, secc. A.
2
01 48739
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