A/RES/56/7 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 4 de diciembre de 2001 Quincuagésimo sexto período de sesiones Tema 36 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/56/L.12 y Add.1)] 56/7. Zona de paz y cooperación del Atlántico Sur La Asamblea General, Recordando su resolución 41/11, de 27 de octubre de 1986, en la que declaró solemnemente zona de paz y cooperación del Atlántico Sur la región del Océano Atlántico situada entre África y América del Sur, Recordando también sus resoluciones posteriores sobre el tema, incluida la resolución 45/36, de 27 de noviembre de 1990, en la que reafirmó que los Estados de la zona estaban decididos a mejorar y acrecentar su cooperación en materia política, económica, científica, cultural y en otras esferas, Reafirmando la importancia de los propósitos y objetivos de la zona de paz y cooperación del Atlántico Sur como base para el fomento de la cooperación entre los países de la región, Reafirmando también que las cuestiones de la paz y la seguridad y las del desarrollo son interdependientes e inseparables, y que la cooperación entre los Estados de la región en pro de la paz y el desarrollo habrá de promover los objetivos de la zona de paz y cooperación del Atlántico Sur, Recordando el acuerdo concertado en la tercera reunión de los Estados miembros de la zona, celebrada en Brasilia en 1994, de fomentar la democracia y el pluralismo político y, de conformidad con la Declaración y Programa de Acción de Viena que aprobó la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 1993 1, de promover y defender todos los derechos humanos y las libertades fundamentales y cooperar en el logro de esas metas, Consciente de la importancia que los Estados de la zona atribuyen a la protección del medio ambiente de la región y reconociendo la amenaza que la contaminación, independientemente de su fuente, representa para el medio marino y costero, su equilibrio ecológico y sus recursos, Acogiendo con agrado la aprobación del Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Tráfico Ilícito de Armas _______________ 1 01 47552 A/CONF.157/24 (Part I), cap. III.

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