A/RES/80/266 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 5 de junio de 2026 Octogésimo período de sesiones Tema 13 del programa Aplicación y seguimiento integrados y coordinados de los resultados de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas en las esferas económica y social y esferas conexas Resolución aprobada por la Asamblea General el 4 de junio de 2026 [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/80/L.72)] 80/266. Educación para la paz La Asamblea General, Reafirmando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y el compromiso asumido por todos los Estados Miembros de promover y fomentar el respeto universal y la efectividad de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, entre otros, el derecho a la educación, Reafirmando también el derecho de toda persona a la educación, consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 2, la Convención sobre los Derechos del Niño 3, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial 4, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 5, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 6 y otros instrumentos pertinentes, Recordando que la educación debe estar dirigida a desarrollar plenamente la personalidad y fortalecer el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, _______________ 1 Resolución 217 A (III). Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. 3 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531. 4 Ibid., vol. 660, núm. 9464. 5 Ibid., vol. 1249, núm. 20378. 6 Ibid., vol. 2515, núm. 44910. 2 26-07987 (S) *2607987*

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