Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/60/96
Distr. general
6 de enero de 2006
Sexagésimo período de sesiones
Tema 104 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 8 de diciembre de 2005
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/60/470)]
60/96.
Convención sobre la prohibición del desarrollo, la
producción y el almacenamiento de armas
bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su
destrucción
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones anteriores relativas a la prohibición completa y
efectiva de las armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y a su destrucción,
Observando con satisfacción que ciento cincuenta y cinco Estados, incluidos
todos los miembros permanentes del Consejo de Seguridad, son partes en la
Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento
de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción 1,
Teniendo presente su llamamiento a todos los Estados Partes en la
Convención para que participaran en la aplicación de las recomendaciones de las
conferencias de examen, incluido el intercambio de información y datos convenido
en la Declaración Final de la Tercera Conferencia de las Partes encargada del
examen de la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el
almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su
destrucción 2, y para que proporcionaran anualmente al Secretario General la
información y los datos mencionados de conformidad con el procedimiento
establecido y a más tardar el 15 de abril,
Acogiendo con beneplácito la reafirmación que figura en la Declaración Final
de la Cuarta Conferencia de Examen 3 de que, en cualesquiera circunstancias, el
empleo, el desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas
(biológicas) y toxínicas están prohibidos efectivamente en virtud del artículo I de la
Convención,
Recordando la decisión adoptada en la Quinta Conferencia de Examen de
celebrar tres reuniones anuales de los Estados Partes, de una semana de duración
cada una, a partir de 2003 y hasta la Sexta Conferencia de Examen, y celebrar una
_______________
1
Resolución 2826 (XXVI), anexo.
BWC/CONF.III/23, segunda parte.
3
BWC/CONF.IV/9, segunda parte.
2
05-49339
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