A/RES/56/163
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
20 de febrero de 2002
Quincuagésimo sexto período de sesiones
Tema 119 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/56/583/Add.2)]
56/163. Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos,
los grupos y las instituciones de promover y proteger los
derechos humanos y las libertades fundamentales
universalmente reconocidos
La Asamblea General,
Recordando su resolución 53/144, de 9 de diciembre de 1998, en la que aprobó
por consenso la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos
y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades
fundamentales universalmente reconocidos,
Reiterando la importancia de la Declaración y de su promoción y puesta en
práctica,
Observando con profunda preocupación que, en muchos países, las personas y
organizaciones dedicadas a promover y defender los derechos humanos y las
libertades fundamentales hacen frente a amenazas, hostigamiento e inseguridad
como resultado de esas actividades,
Observando también con profunda preocupación el número considerable de
comunicaciones recibidas por la Representante Especial del Secretario General
sobre la cuestión de los defensores de los derechos humanos que, junto con los
informes presentados por algunos de los mecanismos de procedimientos especiales,
ponen de manifiesto la gravedad de los riesgos que ellos corren,
Observando además con profunda preocupación que, en algunos países de
todas las regiones del mundo, persiste la impunidad respecto de las amenazas, los
ataques y los actos de intimidación contra los defensores de los derechos humanos y
que ello repercute negativamente en su labor y su seguridad,
Destacando el importante papel que incumbe a los individuos, las
organizaciones no gubernamentales y los grupos en la promoción y protección de
los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluso en la lucha contra la
impunidad,
Acogiendo con satisfacción la cooperación entre la Representante Especial y
otros procedimientos especiales de la Comisión de Derechos Humanos,
Recordando que la responsabilidad primordial por la promoción y protección
de los derechos humanos recae en el Estado, y observando con honda preocupación
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