A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/48/238 18 de abril de 1994 Cuadragésimo octavo período de sesiones Tema 136 del programa RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/48/819/Add.2)] 48/238. Financiación de la Fuerza de Protección de las Naciones Unidas La Asamblea General, Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la financiación de la Fuerza de Protección de las Naciones Unidas 1/ y el informe conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 2/, Teniendo presentes las resoluciones del Consejo de Seguridad 727 (1992), de 8 de enero de 1992, y 740 (1992), de 7 de febrero de 1992, en las que el Consejo apoyó el envío de un grupo de oficiales de enlace militar a Yugoslavia para promover el mantenimiento de la cesación del fuego, Teniendo también presentes la resolución 743 (1992) del Consejo de Seguridad, de 21 de febrero de 1992, por la que el Consejo estableció la Fuerza de Protección de las Naciones Unidas, y las resoluciones posteriores por las que amplió el mandato de la Fuerza, la última de las cuales fue la resolución 871 (1993), de 4 de octubre de 1993, Recordando sus resoluciones 46/233, de 19 de marzo de 1992, y 47/210 B, de 14 de septiembre de 1993, relativas a la financiación de la Fuerza, Reafirmando que los gastos de la Fuerza son gastos de la Organización que deben ser sufragados por los Estados Miembros de conformidad con el párrafo 2 del Artículo 17 de la Carta de las Naciones Unidas, ____________ 1/ A/48/690 y Corr. 1 a 3. 2/ A/48/878. /...

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