A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/50/97
2 de febrero de 1996
Quincuagésimo período de sesiones
Tema 95 a) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/50/617/Add.1)]
50/97.
Medidas específicas relacionadas con las necesidades y
los problemas particulares de los países en desarrollo
sin litoral
La Asamblea General,
Recordando las disposiciones de sus resoluciones 44/214, de 22 de
diciembre de 1989, 46/212, de 20 de diciembre de 1991, y 48/169, de 21 de
diciembre de 1993,
Reconociendo que la falta de acceso territorial al mar, agravada por la
lejanía y el aislamiento de los mercados mundiales, así como los costos
prohibitivos y los riesgos del tránsito, constituyen obstáculos importantes a
los esfuerzos de desarrollo socioeconómico general de los países en desarrollo
sin litoral,
Reconociendo también que dieciséis de los países en desarrollo sin
litoral han sido asimismo clasificados por las Naciones Unidas como países
menos adelantados y que su situación geográfica limita aún más su capacidad
general para hacer frente a sus problemas de desarrollo,
Reconociendo además que la mayoría de los países de tránsito son, a la
vez, países en desarrollo que tienen problemas económicos graves, incluida la
falta de una infraestructura adecuada en el sector del transporte,
Recordando que las medidas para hacer frente a los problemas de tránsito
de los países en desarrollo sin litoral exigen una cooperación y colaboración
más estrecha y aún más eficaz entre esos países y los países de tránsito
vecinos a ellos,
Acogiendo con satisfacción la entrada en vigor, el 16 de noviembre de
96-76402
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