A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/129
4 de febrero de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 84 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Comisión Política Especial y de
Descolonización (Cuarta Comisión) (A/51/591)]
51/129.
Bienes de refugiados de Palestina y rentas
devengadas por ellos
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 194 (III), de 11 de diciembre de 1948,
36/146 C, de 16 de diciembre de 1981, y todas sus resoluciones posteriores
sobre la cuestión,
Tomando nota del informe del Secretario General presentado en
cumplimiento de la resolución 50/28 F, de 6 de diciembre de 19951,
Tomando nota además del informe de la Comisión de Conciliación de las
Naciones Unidas para Palestina correspondiente al período comprendido entre el
1º de septiembre de 1995 y el 31 de agosto de 19962,
Recordando que la Declaración de Derechos Humanos3 y los principios del
derecho internacional consagran el principio de que nadie podrá ser privado
arbitrariamente de sus bienes,
Recordando en particular su resolución 394 (V), de 14 de diciembre de
1950, en la que encargó a la Comisión de Conciliación que, en consulta con las
partes interesadas, prescribiera medidas destinadas a proteger los derechos,
los bienes y los intereses de los refugiados árabes de Palestina,
1
A/51/371.
2
A/51/439.
3
Resolución 217 A (III).
97-76456
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