A/HRC/RES/58/23
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
7 de abril de 2025
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
58º período de sesiones
24 de febrero a 4 de abril de 2025
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 4 de abril de 2025
58/23.
Defensores de los derechos humanos y tecnologías nuevas
y emergentes: protección de los defensores de los derechos
humanos, incluidas las defensoras de los derechos humanos,
en la era digital
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y la
Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos
Humanos y otros instrumentos pertinentes,
Recordando la resolución 53/144 de la Asamblea General, de 9 de diciembre de 1998,
en la que esta aprobó por consenso la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los
Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y
las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos, comúnmente conocida como
Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, y la permanente validez y
aplicabilidad de todas sus disposiciones, y reiterando la importancia de la Declaración, así
como de su promoción y su aplicación plena y efectiva,
Recordando también todas las otras resoluciones anteriores sobre esta cuestión,
incluidas sus resoluciones 22/6, de 21 de marzo de 2013, 31/32, de 24 de marzo de 2016,
34/5, de 23 marzo de 2017, 40/11, de 21 de marzo de 2019, 43/16, de 22 de junio de 2020,
49/18, de 1 de abril de 2022, y 52/4, de 3 de abril de 2023, y las resoluciones de la Asamblea
General 68/181, de 18 de diciembre de 2013, 70/161, de 17 de diciembre de 2015, 72/247,
de 24 de diciembre de 2017, 74/146, de 18 de diciembre de 2019, 76/174, de 16 de diciembre
de 2021, y 78/216, de 19 de diciembre de 2023,
Afirmando el Pacto Digital Global, aprobado por la Asamblea General en su
resolución 79/1, de 22 de septiembre de 2024, y las secciones del Pacto relativas a los
objetivos, los principios, los compromisos, las acciones, el seguimiento y el examen en
relación con los derechos humanos,
Reiterando que todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son
universales, indivisibles e interdependientes, están relacionados entre sí y deben promoverse
y aplicarse de una manera justa y equitativa, y poniendo de relieve que los mismos derechos
que se aplican fuera del entorno digital también se aplican en ese entorno,
GE.25-05546 (S)
070425
080425