A/HRC/RES/58/23
la adopción de medidas de bloqueo, restricción o filtrado o la interferencia en el uso de
tecnologías como las herramientas de cifrado y de protección del anonimato;
k)
Promuevan medidas y soluciones técnicas de cifrado seguro y anonimato,
como el uso de seudónimos, no interfieran en la utilización de esas soluciones técnicas,
cerciorándose de que cualesquiera restricciones que hayan de imponer se ajusten a las
obligaciones que les incumben con arreglo al derecho internacional de los derechos humanos,
y aprueben leyes y políticas que protejan la privacidad de las comunicaciones digitales de las
personas;
l)
Apoyen iniciativas para que los defensores de los derechos humanos puedan
almacenar y salvaguardar la información de forma segura, sin temor a ser víctimas de
actividades de vigilancia ilegales o de violación de la seguridad de los datos o incautación
arbitraria de sus equipos, como el establecimiento de salvaguardias legales sólidas para
impedir el uso indebido de las herramientas digitales con objeto de reprimir la disidencia o
atacar a los defensores y proteger sus derechos en línea y en otros ámbitos;
m)
Se abstengan de adoptar y dejen de aplicar medidas que violen los derechos
humanos, incluidas prácticas como el uso selectivo de programas espía contra los defensores
de los derechos humanos, ya que esas acciones pueden ser incompatibles con el derecho
internacional de los derechos humanos, y establezcan mecanismos para proporcionar
recursos adecuados a las víctimas de violaciones de la ley relacionadas con actividades de
vigilancia, de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos;
n)
Velen por que los actores públicos y privados no utilicen tecnologías de
identificación y reconocimiento biométricos, incluidas tecnologías de reconocimiento facial,
para llevar a cabo actividades de vigilancia a gran escala, y por que esas tecnologías se
utilicen únicamente cuando ello sea compatible con el derecho internacional de los derechos
humanos y los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, y aseguren además el
acceso a una reparación por las violaciones y transgresiones de los derechos humanos
derivadas de la utilización de tecnologías de identificación y reconocimiento biométricos;
o)
Velen por que la tipificación y el enjuiciamiento de los delitos de terrorismo,
la ciberdelincuencia o los delitos contra la seguridad nacional, y las leyes de difamación e
injurias y demás medidas adoptadas para hacer frente a las amenazas conexas se ajusten a las
obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional de los derechos humanos,
y no criminalicen a los defensores de los derechos humanos ni obstaculicen indebidamente
su labor;
p)
Aprueben y apliquen leyes y políticas que desalienten la presentación de
demandas estratégicas contra la participación pública contra periodistas, medios de
comunicación y defensores de los derechos humanos, incluidas defensoras de los derechos
humanos, y presten asistencia jurídica a las víctimas;
q)
Adopten todas las medidas necesarias para prevenir los actos de amenaza,
agresión, discriminación, detención o prisión arbitrarias y otras formas de acoso, represalia
o intimidación contra actores de la sociedad civil, incluidos defensores de los derechos
humanos, investiguen de forma pronta, imparcial e independiente todo presunto acto de ese
tipo, aseguren el acceso a la justicia y la rendición de cuentas y pongan fin a la impunidad de
esas violaciones y transgresiones;
r)
Mejoren la recopilación de datos desglosados sobre la situación de los
defensores de los derechos humanos, también aprovechando los datos recopilados por la
sociedad civil, los medios de comunicación y las instituciones nacionales de derechos
humanos, entre otras cosas sobre las amenazas, agresiones o actos de violencia de que son
víctimas los defensores de los derechos humanos, incluidas las defensoras de los derechos
humanos, y hagan todo lo posible para ponerlos a disposición de la Oficina del Alto
Comisionado;
10.
Sigue expresando su especial preocupación por la discriminación, la
marginación económica, la violencia y el acoso sistémicos y estructurales que sufren de
manera desproporcionada las defensoras de los derechos humanos en diversas situaciones y
circunstancias, incluidas la violencia sexual y de género y las campañas de difamación,
desinformación y desprestigio en línea y en otros ámbitos, y reitera su firme llamamiento a
GE.25-05546
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