A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/51/84 28 de febrero de 1997 Quincuagésimo primer período de sesiones Tema 109 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/51/618)] 51/84. Realización universal del derecho de los pueblos a la libre determinación La Asamblea General, Reafirmando la importancia que para la garantía y la observancia efectivas de los derechos humanos reviste la realización universal del derecho de los pueblos a la libre determinación, consagrado en la Carta de las Naciones Unidas e incorporado en los Pactos internacionales de derechos humanos1, así como en la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, contenida en su resolución 1514 (XV), de 14 de diciembre de 1960, Acogiendo con beneplácito el ejercicio progresivo del derecho a la libre determinación por los pueblos sometidos a la ocupación colonial, extranjera o foránea y su acceso a la condición de Estados soberanos e independientes, Profundamente preocupada por la persistencia de los actos o amenazas de ocupación e intervención militar extranjera que ponen en peligro, o han suprimido ya, el derecho a la libre determinación de un número cada vez mayor de naciones y pueblos soberanos, Observando con profunda preocupación que, como resultado de la persistencia de esos actos, millones de personas se han visto o se ven obligadas a abandonar sus hogares como refugiados y personas desplazadas, y destacando la urgente necesidad de adoptar medidas internacionales concertadas para aliviar su situación, 1 Resolución 2200 A (XXI), anexo. 97-77068 /...

Sélectionner le paragraphe cible3