A/RES/51/70
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Recordando que la protección y la promoción de los derechos humanos, así
como el fortalecimiento de las instituciones democráticas, son esenciales para
prevenir los desplazamientos masivos de población,
Consciente de que se debe facilitar la aplicación efectiva de las
recomendaciones contenidas en el Programa de Acción aprobado por la
Conferencia1, que sólo puede lograrse mediante la cooperación y la
coordinación por todos los Estados interesados, las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales y otras partes interesadas en las
actividades realizadas a ese respecto,
Acogiendo con beneplácito el espíritu de solidaridad y cooperación
internacionales que contribuyó al éxito del proceso preparatorio de la
Conferencia y de la Conferencia misma,
Reafirmando la importancia de la Convención sobre el Estatuto de los
Refugiados, de 19512, y del Protocolo de 19673,
1.
Toma nota del informe del Secretario General4;
2.
Expresa su agradecimiento al Gobierno de Suiza y a otros Estados
anfitriones que hicieron posible la celebración de la Conferencia Regional
sobre los problemas de los refugiados, las personas desplazadas, otros
emigrantes involuntarios y los repatriados en los países de la Comunidad de
Estados Independientes y Estados vecinos afectados, y de una serie de
reuniones preparatorias, así como a los Estados que aportaron contribuciones
voluntarias con ese fin;
3.
Acoge con agrado el Programa de Acción que aprobó la Conferencia
el 31 de mayo de 19961;
4.
Observa con satisfacción el planteamiento innovador y la estrecha
cooperación puestos en práctica por la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados, la Organización Internacional para las
Migraciones y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa con
objeto de entablar y apoyar un diálogo constructivo multilateral entre una
amplia variedad de países interesados en el cual se ha llegado a un acuerdo
acerca de directrices sobre medidas prácticas;
5.
Expresa su satisfacción por la labor de la Conferencia, que
contribuyó a sentar una base sólida para la adopción de nuevas medidas por los
países de la Comunidad de Estados Independientes y los Estados interesados,
así como las organizaciones internacionales, intergubernamentales y no
gubernamentales correspondientes;
6.
Destaca la necesidad urgente de atender los problemas de los
desplazados, adoptar medidas para prevenir las situaciones que podrían
1
Véase A/51/341, apéndice.
2
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 189, No. 2545.
3
Ibíd., vol. 606, No. 8791.
4
A/51/341.
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