A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/70
10 de febrero de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 105 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/51/614)]
51/70.
Labor posterior a la Conferencia Regional
sobre los problemas de los refugiados, las
personas desplazadas, otros emigrantes
involuntarios y los repatriados en los
países de la Comunidad de Estados
Independientes y Estados vecinos afectados
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 48/113, de 20 de diciembre de 1993, 49/173,
de 23 de diciembre de 1994 y, en particular, 50/151, de 21 de diciembre de
1995,
Tomando nota con satisfacción de que ha concluido con éxito la
Conferencia Regional sobre los problemas de los refugiados, las personas
desplazadas, otros emigrantes involuntarios y los repatriados en los países de
la Comunidad de Estados Independientes y Estados vecinos afectados, celebrada
en Ginebra los días 30 y 31 de mayo de 1996,
Consciente de que los desplazamientos masivos e involuntarios, además de
causar sufrimientos humanos, representan una considerable carga económica y
social y pueden afectar a la seguridad y la estabilidad en el plano regional,
Reafirmando la opinión de la Conferencia de que, si bien la
responsabilidad primordial en la tarea de hacer frente a las dificultades
causadas por el desplazamiento de la población corresponde a los propios
países afectados, esos problemas no podrán superarse con los limitados
recursos y la escasa experiencia con que cuenta cada uno de los países de la
Comunidad de Estados Independientes por separado,
97-76672
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