A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/53/14 10 de noviembre de 1998 Quincuagésimo tercer período de sesiones Tema 22 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/53/L.9 y Add.1)] 53/14. Cooperación entre las Naciones Unidas y el Comité Consultivo Jurídico Asiático–Africano La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 36/38, de 18 de noviembre de 1981, 37/8, de 29 de octubre de 1982, 38/37, de 5 de diciembre de 1983, 39/47, de 10 de diciembre de 1984, 40/60, de 9 de diciembre de 1985, 41/5, de 17 de octubre de 1986, 43/1, de 17 de octubre de 1988, 45/4, de 16 de octubre de 1990, 47/6, de 21 de octubre de 1992, 49/8, de 25 de octubre de 1994, y 51/11, de 4 de noviembre de 1996, Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la cooperación entre las Naciones Unidas y el Comité Consultivo Jurídico Asiático-Africano1, Habiendo escuchado la declaración del Secretario General del Comité Consultivo Jurídico AsiáticoAfricano sobre las medidas adoptadas por el Comité Consultivo para asegurar una cooperación constante, estrecha y eficaz entre ambas organizaciones2, 1. 1 Toma nota con reconocimiento del informe del Secretario General1; A/53/306. 2 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo tercer período de sesiones, Sesiones Plenarias, 48a. sesión (A/53/PV.48), y corrección. 98-77560 /...

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