A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/53/14
10 de noviembre de 1998
Quincuagésimo tercer período de sesiones
Tema 22 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/53/L.9 y Add.1)]
53/14.
Cooperación entre las Naciones Unidas y el Comité Consultivo Jurídico
Asiático–Africano
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 36/38, de 18 de noviembre de 1981, 37/8, de 29 de octubre de 1982,
38/37, de 5 de diciembre de 1983, 39/47, de 10 de diciembre de 1984, 40/60, de 9 de diciembre de 1985,
41/5, de 17 de octubre de 1986, 43/1, de 17 de octubre de 1988, 45/4, de 16 de octubre de 1990, 47/6,
de 21 de octubre de 1992, 49/8, de 25 de octubre de 1994, y 51/11, de 4 de noviembre de 1996,
Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la cooperación entre las Naciones
Unidas y el Comité Consultivo Jurídico Asiático-Africano1,
Habiendo escuchado la declaración del Secretario General del Comité Consultivo Jurídico AsiáticoAfricano sobre las medidas adoptadas por el Comité Consultivo para asegurar una cooperación constante,
estrecha y eficaz entre ambas organizaciones2,
1.
1
Toma nota con reconocimiento del informe del Secretario General1;
A/53/306.
2
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo tercer período de sesiones,
Sesiones Plenarias, 48a. sesión (A/53/PV.48), y corrección.
98-77560
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