Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/56/171
Distr. general
26 de febrero de 2002
Quincuagésimo sexto período de sesiones
Tema 119 c) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/56/583/Add.3)]
56/171. Situación de los derechos humanos en la República
Islámica del Irán
La Asamblea General,
Inspirándose en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de
Derechos Humanos 1, los Pactos internacionales de derechos humanos 2 y otros
instrumentos internacionales de derechos humanos,
Reafirmando que todos los Estados Miembros tienen la obligación de
promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales y de
cumplir las obligaciones que han contraído en virtud de los diversos instrumentos
internacionales en la materia,
Teniendo presente que la República Islámica del Irán es parte en el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos2, el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales2 , la Convención Internacional sobre la
Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial3 y la Convención sobre
los Derechos del Niño 4,
Recordando sus resoluciones anteriores sobre este tema, la más reciente de las
cuales es la resolución 55/114, de 4 de diciembre de 2000, y tomando nota de la
resolución 2001/17 de la Comisión de Derechos Humanos, de 20 de abril de 2001 5,
1.
Acoge con satisfacción:
a)
El informe provisional del Representante Especial de la Comisión de
Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en la República
Islámica del Irán 6;
_______________
1
Resolución 217 A (III).
Resolución 2200 A (XXI), anexo.
3
Resolución 2106 A (XX), anexo.
4
Resolución 44/25, anexo.
5
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2001, Suplemento No. 3 (E/2001/23),
cap. II, secc. A.
6
Véase A/56/278.
2
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