A/RES/58/87 Naciones Unidas Distr. general 8 de enero de 2004 Asamblea General Quincuagésimo octavo período de sesiones Tema 128 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 2003 [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/58/521)] 58/87. Administración de justicia en las Naciones Unidas La Asamblea General, Reconociendo con gratitud la importante contribución que el Tribunal Administrativo de las Naciones Unidas (“el Tribunal”) ha hecho al funcionamiento del sistema de las Naciones Unidas, y elogiando a los miembros del Tribunal por su valiosa labor, Deseosa de ayudar al Tribunal a realizar su labor futura en la forma más eficaz posible, Habiendo examinado el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto (CCAAP) 1, Decide modificar el Estatuto del Tribunal Administrativo de las Naciones Unidas con efecto a partir del 1° de enero de 2004, en los siguientes términos: Enmiéndese el párrafo 1 del artículo 3 para que sea el siguiente: “El Tribunal se compondrá de siete miembros de nacionalidades diferentes. Los miembros deberán tener experiencia judicial u otra experiencia jurídica pertinente en el ámbito del derecho administrativo o su equivalente en el ordenamiento jurídico de sus respectivos países. Sólo tres de los miembros conocerán de cada asunto.” 72ª sesión plenaria 9 de diciembre de 2003 _______________ 1 03 45816 A/57/736.

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